Llega a Sancti Spíritus constitución de cooperativas no agropecuarias

A partir de este 1ro de julio comienzan a funcionar de manera experimental en el país 124 cooperativas en diversos sectores de la economía. El inicio de la era de la constitución de las cooperativas no agropecuarias llegó tam bién  a la provincia de Sancti Spíritus para confirmar que la

Estas cooperativas son organizaciones con fines económicos y sociales, que se constituyen voluntariamente.A partir de este 1ro de julio comienzan a funcionar de manera experimental en el país 124 cooperativas en diversos sectores de la economía.

El inicio de la era de la constitución de las cooperativas no agropecuarias llegó tam bién  a la provincia de Sancti Spíritus para confirmar que la actualización del modelo económico y social de Cuba se realiza sin prisa; pero sin pausa, como lo ha reiterado la máxima dirección del país. Este proceso constitutivo, asumido de forma experimental en Cuba, comenzó en la provincia espirituana por el sector de la construcción.

La formalización de la nueva entidad, llamada Construcciones Lapinet, se materializó a través de una escritura pública en la sucursal aquí de la Consultoría Jurídica Internacional, después de ser aprobada su creación por el Consejo de Ministros en mayo pasado.

¿A qué labores específicas se dedicará esa asociación? En intercambio con este reportero, su presidente, Enrique Lapinet Ruiz, indicó que en una etapa inicial emprenderá la rehabilitación de cuarterías en la ciudad de Sancti Spíritus, y a más largo alcance prevé insertarse en la ejecución de viviendas y en obras para el Turismo.

Esta cooperativa, integrada por una decena de miembros, posee personalidad jurídica y no se subordinará administrativamente a ninguna entidad estatal; aunque sí deberá ajustarse a las normas generales instituidas por los organismos rectores de las actividades que realice.

Durante el acto de formalización de la entidad se dio a conocer que esta organización tiene como objeto social, entre otras funciones, brindar servicios de construcción civil y montaje de nuevas obras, edificaciones e instalaciones, y de demoliciones, desmontaje, reparación y mantenimiento.

Como parte de la implementación gradual de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, en diciembre del 2012 entraron en vigor cinco nuevas normas jurídicas que establecen la creación progresiva de cooperativas en actividades no agropecuarias, así como las disposiciones que con carácter experimental regulan dicho proceso.

Si se tiene en cuenta el Decreto-Ley No. 305 “De las cooperativas no agropecuarias, Construcciones Lapinet es una cooperativa que clasifica entre las de primer grado, al quedar constituida mediante la asociación voluntaria de al menos tres personas naturales.

A tenor de la referida legislación, las de segundo grado son aquellas formadas por dos o más cooperativas de primer grado, “con el objetivo de organizar actividades complementarias afines o que agreguen valor a los productos y servicios de sus socios, o de realizar compras y ventas conjuntas, con vistas a lograr mayor eficiencia”.

En el territorio espirituano ya otros trabajadores por cuenta propia pretenden asociarse en dos posibles cooperativas más, también para prestar servicios en la construcción, según Bekys Pérez Escribano, consultora jurídica del Consejo de la Administración Provincial. De acuerdo con la funcionaria, la aprobación de las nuevas entidades pasa por un riguroso proceso, desde el municipio hasta a nivel de país.

Las cooperativas, que puede constituirse en las áreas del transporte, la gastronomía, la pesca, los servicios personales y domésticos, la recuperación de materias primas, la producción de materiales y los servicios de la construcción, son organizaciones con fines económicos y sociales, que se constituyen voluntariamente sobre la base del aporte de bienes y derechos y se sustenta en el trabajo de sus socios, cuyo objetivo general es la producción de bienes y la prestación de servicios mediante la gestión colectiva, para la satisfacción del interés social y el de los socios, según el Decreto Ley 305.

Estas cooperativas se sustentan en los principios de voluntariedad, cooperación y ayuda mutua, decisión colectiva e igualdad de derechos los socios, autonomía y sustentabilidad económica, disciplina cooperativista, responsabilidad social, contribución al desarrollo planificado de la economía y bienestar de sus socios y familiares, y cooperación entre cooperativas con otras entidades.

Enrique Ojito

Texto de Enrique Ojito
Premio Nacional de Periodismo José Martí, por la obra de la vida (2020). Máster en Ciencias de la Comunicación. Ganador de los más importantes concursos periodísticos del país.

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