Multa inequívoca

Para reclamar por lo que considera una injusticia nos escribió Rolando Prado Pérez, residente en la Avenida Emilio Núñez No. 45, en Yaguajay, quien expone que después de su jubilación y a tenor del Decreto-Ley No. 259 para la entrega de tierras en usufructo recibió 40.26 hectáreas ubicadas en la

Para reclamar por lo que considera una injusticia nos escribió Rolando Prado Pérez, residente en la Avenida Emilio Núñez No. 45, en Yaguajay, quien expone que después de su jubilación y a tenor del Decreto-Ley No. 259 para la entrega de tierras en usufructo recibió 40.26 hectáreas ubicadas en la finca Las Flores. “Desde ese momento —hace constar— trabajé en la preparación del área y la puse en producción. Hasta hoy he cumplido con todos los planes de entrega de carne y leche (…)”.

A continuación alude a una multa que le impusieron el 18 de octubre del 2011 “por el  Decreto 203 artículo 1, inciso a)” y agrega: “El monto impositivo era de 1000 pesos; dicha multa nunca llegó a mis manos y mucho menos la firmé. He tenido que sortear  varias irregularidades y sin respuesta por parte de la Delegación de la Agricultura en la provincia, donde me he han dicho que no pueden hacer nada. No he violado lo legislado, en estos momentos estoy bajo tratamiento médico y en espera de acudir a los tribunales por no pagar la multa, la cual se duplicó”.

Escambray comprobó que, según obra en el expediente de su caso, escudriñado al detalle por esta misma reportera en la Delegación Municipal de la Agricultura en Yaguajay, el área de tierra aprobada para él en calidad de usufructuario fue de 39.15 hectáreas, que sumadas a las que ya poseía hacen las 40.26, destinadas a los cultivos varios como actividad fundamental, de acuerdo con la declaración jurada que firmó el interesado el 28 de octubre del 2008. No obstante, desde finales de noviembre del 2009 se pudo comprobar que el terreno se dedicaba básicamente a la cría de ganado en tanto buena parte del área se mantenía ociosa, por lo que se inició un proceso dirigido al cambio de uso de la porción utilizada, ciertamente de bajo rendimiento, y a rescindir las 13.42 hectáreas no explotadas.

Tanto en el acta levantada tras la primera visita como en el Acuerdo No. 577 del 15 de diciembre del 2009 y en la Resolución No. 28 del 2 de febrero del 2010, aparece consignado que Rolando se negó a firmar en cada oportunidad. Los directivos de la entidad refieren que mostró idéntico comportamiento al orientársele realizar el cambio de la línea fundamental de sus tierras y hasta solicitar nuevamente las ya rescindidas. Respecto a la multa (por ocupación ilegal de tierra), impuesta por un inspector y por el entonces jefe del Grupo de Inspección de la Delegación Municipal de la Agricultura, Idelfonso García Ruiz, el lector también se mostró renuente a recibir el talón en que se le notificaba, el cual le fue dejado a su alcance, según aseveró a Escambray el propio Idelfonso. Al no establecerse la reclamación dentro de los tres días hábiles ni realizarse el pago, los hechos tomaron el curso que ahora lamenta el remitente.

Delia Proenza

Texto de Delia Proenza
Máster en Ciencias de la comunicación. Especializada en temas sociales. Responsable de la sección Cartas de los lectores.

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