La Carta Magna de los cubanos

El anteproyecto se llevará a consulta popular, discusiones en barrios y centros de trabajo en las que pueden participar todos los ciudadanos Cuba ha cambiado, sí, y en los últimos años el país ha sufrido transformaciones económicas y sociales necesarias y conocidas, de modo que tras 40 años de la

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Desde el 13 de agosto y hasta el 15 de noviembre se desarrollará una fase decisiva del proceso de reforma constitucional. (Foto: ACN)

El anteproyecto se llevará a consulta popular, discusiones en barrios y centros de trabajo en las que pueden participar todos los ciudadanos

Cuba ha cambiado, sí, y en los últimos años el país ha sufrido transformaciones económicas y sociales necesarias y conocidas, de modo que tras 40 años de la última Carta Magna de 1976 quedó aprobado el Proyecto de Constitución, imprescindible para que ese documento rector se parezca a los cubanos y esté acorde con estos tiempos.

No hay que olvidar que es esta la ley principal sobre la que se asienta un Estado y que establece todos los fundamentos de la nación, la estructura de los poderes y su alcance, a la vez que garantiza derechos y deberes de los ciudadanos; constituye el documento jurídico más importante en cualquier país y traza las líneas legislativas para el resto de las normas que rigen todos los sectores de la sociedad.

Cuba tiene una amplia historia constitucional y desde que en 1868 se iniciaron las luchas independentistas se han redactado siete. Descuella el hecho de que, apenas seis meses después de iniciada la lucha armada, los patriotas confeccionaron y aprobaron la Constitución de Guáimaro, el 10 de abril de 1869, en plena guerra y con artículos sumamente radicales a favor de las masas populares. Otras de la etapa mambisa fueron la de Baraguá, en 1878, con apenas cuatro artículos; la de Jimaguayú, en 1895, y la de La Yaya, en 1897.

Durante el siglo XX destacan la de 1901, cuando ocurría la Ocupación Militar de Estados Unidos, lo cual impidió que fuera más avanzada, y la de 1940, considerada una de las más progresistas hasta ese momento en América.

La Constitución cubana actual ha tenido tres modificaciones, una formal en 1978, y otras dos en 1992 y en el 2002, pero ya se ha vuelto obsoleta ante las transformaciones que ha sufrido el país en los últimos años.

El hecho es que ahora habrá cambios sustanciales, aunque ya Raúl Castro, primer secretario del Partido Comunista de Cuba y quien preside la comisión temporal encargada de redactar el Proyecto de Constitución, ha insistido en que los enunciados de la Carta Magna tendrán en cuenta los principios humanistas y de justicia social imperantes en el país, así como la irrevocabilidad del sistema socialista respaldada por el pueblo en la última reforma.

La actual Constitución, en su artículo 137, establece que el Parlamento cubano es el único órgano facultado para modifi carla mediante acuerdo adoptado en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de sus integrantes; si la reforma es total, como en esta ocasión, se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral, en referendo convocado al efecto por la propia Asamblea.

Pero antes, el documento se llevará a consulta popular, discusiones en barrios y centros de trabajo en las que pueden participar todos los ciudadanos, donde podrán expresar sus criterios y sugerir cambios al escrito normativo y después cada una de las opiniones y propuestas serán valoradas por la comisión parlamentaria. Otro proyecto de Constitución actualizado como resultado de los debates populares se discutirá nuevamente en la Asamblea Nacional y el texto será sometido a ratificación en referendo popular mediante el voto directo y secreto de cada cubano.

El acto de realizar un referendo por Ley es obligatorio; según explica Rolando Díaz Vergel, presidente de la Unión de Juristas de Cuba en Sancti Spíritus, así lo recoge la Constitución vigente, donde se expone que es un método de participación ciudadana mediante el cual la población puede aprobar el documento con el voto de la mayoría con derecho electoral.

Por otra parte, el artículo 69 establece que la Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano supremo del poder del Estado y representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo; en tanto en el 70 se señala que es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República.

Los cubanos saben de qué se trata: no espere nadie que quienes viven en la isla cambien de forma de pensar en lo que concierne al sistema social escogido, con independencia de todas las modificaciones que concibe el Proyecto.

El documento, cuya discusión popular se desarrollará desde el próximo 13 de agosto y hasta el 15 de noviembre, propone, por ejemplo, la creación del cargo de Presidente de la República, con límites de edades para su desempeño —que se reduce solo a dos mandatos de cinco años—; la elección de un Primer Ministro al frente del Gobierno y la eliminación de las Asambleas Provinciales del Poder Popular.

También, a tono con las reformas económicas de los últimos años que permiten una apertura a negocios privados, se ampliarían los artículos sobre la propiedad que hoy solo es estatal socialista para dar cabida a las Cooperativas No Agropecuarias y las pequeñas y medianas empresas.

Ciertamente, se auguran significativas modificaciones a la Ley de leyes, pero se mantendrá la irrevocabilidad del Socialismo como sistema político y social. Los principios de justicia y humanismo seguirán siendo los mismos; también la unidad del pueblo, así como el papel dirigente del Partido como vanguardia organizada y fuerza rectora superior de la sociedad y el Estado.

Ya lo decía Fidel en el Informe Central al Primer Congreso del Partido: “Hoy necesitamos una Constitución socialista, en correspondencia con las características de nuestra sociedad, con la conciencia social, las convicciones ideológicas y las aspiraciones de nuestro pueblo (…). Una Constitución, en fi n, que consolide lo que somos hoy y que ayude a alcanzar lo que queremos ser mañana”.

Cualquier ciudadano necesita de una pequeña Carta Magna en el bolsillo, tener a mano el respaldo de un imprescindible documento que establece deberes, pero también derechos donde primen la legalidad de un sistema que otorga como ley primera el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre.

Carmen Rodríguez

Texto de Carmen Rodríguez
Reportera de Escambray por más de 30 años. Especializada en temas económicos.

Comentario

  1. Aque se refendo se refiere por que no se hizo ningun referendo y referendo contitucional es cuando el pueblo refrenda en las hurnas la constitucion o cualquier ley o reformacion no se puede llevar al nivel de estado primero y despues al pueblo eso no es referendo

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