Comercio minorista: Todo sobre la venta a plazos en Cuba

Esta semana, el Ministerio de Comercio Interior hizo pública, a través de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, la resolución 98/2021, que establece las regulaciones para la venta de determinados productos mediante el pago a plazos

La medida le facilita a la población el acceso a ofertas de bienes duraderos y otros artículos. (Foto: Cubadebate)

Con el objetivo de facilitarle a la población al acceso a ofertas de bienes duraderos y otros artículos para satisfacer sus necesidades, sin la intermediación de una entidad financiera, el Ministerio de Comercio Interior en Cuba aprobó la Resolución 98/2021, que estable las regulaciones para la venta de esos productos mediante el pago a plazos.

La venta minorista se prevé para bienes duraderos seleccionados, cuyos precios superen los 2 500 pesos, entre estos muebles, colchones, bicicletas, equipos electrodomésticos y otros artículos.

El Consejo de Dirección de cada empresa aprueba el establecimiento minorista que puede realizar este tipo modalidad de venta.

Para adquirir los artículos, las personas naturales deben cumplir los siguientes requisitos:

▪ Ser ciudadano cubano con domicilio permanente en el país,

▪ Residir en la provincia donde se solicite la venta a plazos,

▪ Tener más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago para concertar obligaciones,

▪ Tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados, y

▪ Haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta.

DE LA SOLICITUD DE LA VENTA A PLAZOS Y LA COMERCIALIZACIÓN

La persona natural se presenta en el establecimiento minorista destinado a la venta de estos artículos, con los documentos siguientes:

▪ Documentos de identidad,

▪ Certificación del centro de trabajo del salario devengado,

▪ Declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales, de los trabajadores por cuenta propia,

▪ Certificación de los ingresos por la Dirección de Trabajo o filial del Instituto Nacional de Seguridad Social, de los pensionados o beneficiarios de la asistencia social,

▪ Los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, presentan los datos personales y compromiso de la persona que los asiste para el pago, y

▪ Datos personales y certificación de la capacidad de pago de un fiador.

La persona natural contratada en una entidad estatal puede acceder a la venta a plazos mediante el descuento por nómina, previo convenio del establecimiento minorista con el centro laboral.

El establecimiento minorista con modalidad de ventas a plazos dispone de un término de hasta 10 días hábiles para corroborar la documentación presentada, y firma un compromiso de tramitación de la solicitud presentada e informa al cliente de su resultado.

El establecimiento minorista verifica que el artículo solicitado cuente con existencias o próximas entradas, y procede a la firma del contrato con el cliente.

En el contrato se establecen el importe de la compra, tasa de recargo, forma de pago, cuotas, plazos de pago, y las consecuencias del incumplimiento, así como la solución de conflictos, obligaciones, términos y condiciones de ambas partes.

Tasa máxima de interés sobre el importe del artículo: 2.5 por ciento.

El cliente efectúa inicialmente un pago negociable no inferior al 20 por ciento del precio de venta del artículo, mediante el pago electrónico o en efectivo, y dispone de los plazos que se pacten para abonar el importe restante, siempre en el término de hasta un año.

El establecimiento minorista, en el término de siete días hábiles previos a la culminación del plazo pactado para cada pago, emite un aviso al cliente por la vía de comunicación acordada.

De incumplirse por el cliente los términos establecidos en el contrato y la renegociación, el establecimiento minorista está facultado para retirar el bien, sin devolución del efectivo abonado.

La renegociación constituye suplemento del contrato, y en esta participa y se compromete también el fiador. De no existir el bien y no asumir la responsabilidad el fiador, se acude a la vía judicial de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. El artículo recuperado por el establecimiento minorista, se vende por liquidación en un establecimiento seleccionado.

Redacción Escambray

Texto de Redacción Escambray

31 comentarios

  1. Jose Reyes Ramos

    Por favor, que artículos se van a ofertar, precios y que unidades por municipios van a ofertar estos artículos, es necesario para iniciar el proceso, dejemos a un lado la posibilidad de crear descontento en el pueblo, es intencional no decirlo, no se sabe. Por qué? Llevamos en esto una semana.

  2. Me preguntó , por qué no dan todas las informaciones de 1 solo «golpe» ? • -qué van vender , es decir cuáles son las opciones de ventas ? – dónde ? , -cómo van a hacer en cada una de las provincias del país ? , cómo lo van a distribuir en las unidades y cuáles son estás unidades ? Por favor , deben aclarar todas las dudas a la población a la hora de emitir una información . Siempre el pueblo tiene que estar preguntando porque es incompleta lo que el periodista o la persona encargada escribe , Gracias .

  3. Es algo normal en el.mundo hace mas de un siglo y resulta muy bueno aplicarlo siempre que no suceda lo que tanto nuestro gobierno ha criticado en congresos y eventos: falta de condiciones para instaurar algo. Comunmente decimos la carreta delante de los bueyes. Ojalà no sea asi. De lo contrario significaria papeleo, colas etc agregando una pandemia. Saludos

  4. Ver para creer ni idea dónde van a vender esa clase de productos si ya hasta lo mas insignificante se vende en MLC y es insuficiente la oferta contra la demanda imagino como seran las colas para adquirir cosas en moneda nacional ojalá y sea real actualmente quizas seamos el único país del mundo que no hay donde comprar artículos del hogar ni ropa ni zapatos y otros productos que no sean por la via informal

  5. Excelente noticia, nuestro país siempre a la vanguardia, en aras de responder las necesidades del pueblo. Donde se podrán adquirir los equipos, además de su precio. Se necesita también de esa información.

  6. Sandra c Sarduy Pimentel

    Muy bueno,,que comience,,Gracias

  7. En papel muy buena medida, en la practica, preguntaria, donde puedo comprar?. Hoy donde unico hay articulos son en las tiendas MLC, donde pueden comprar los que reciben remesas o el que compra las divisas por «fuera», pues el banco no cambia, sigue el CUP sin valer, ha resultado que para poder adquirir un electrodomestico de los mas sencillos, hasta un rollo de tape, tengo que pagarlo en moneda extranjera….entonces que me resuelve ahora que el MINCIN diga que puedo comprar a plazos?…esa medida ahora no resuelve nada….en realidad disjusta

    • Es algo normal en el.mundo hace mas de un siglo y resulta muy bueno aplicarlo siempre que no suceda lo que tanto nuestro gobierno ha criticado en congresos y eventos: falta de condiciones para instaurar algo. Comunmente decimos la carreta delante de los bueyes. Ojalà no sea asi. De lo contrario significaria papeleo, colas etc agregando una pandemia. Saludos

  8. Excelente determinación,pero necesitamos saber los establecimientos que estarán realizando las ventas,los artículos y precio.

  9. Rosa Elvira Cabrera Acosta

    Hola nos parece una ide excelente solo que necesitamos saber los productos sus precios y las empresas minoristas que lo ofertan o sea donde puedo comprar

  10. No queda claro en la nota de prensa que desde ayer circula en los medios las tiedas que van a dar este servicio. Es decir si es en las mlc. O si será en las desabastecidas tiendas moneda nacional.

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