Desestiman demanda contra línea de cruceros por labor en Cuba

La jueza Beth Bloom, de la corte del Distrito Sur de la Florida, desestimó la demanda contra la compañía MSC Cruceros SA, amparada bajo la extraterritorialidad del Título III de la Ley Helms-Burton

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Havana Docks Corporation interpuso una acción legal el 27 de agosto pasado contra MSC Cruises. (Foto: PL)
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Havana Docks Corporation interpuso una acción legal el 27 de agosto pasado contra MSC Cruises. (Foto: PL)

La jueza estadounidense Beth Bloom desestimó una demanda presentada contra la línea de cruceros MSC Cruises bajo el Título III de la controvertida Ley Helms-Burton contra Cuba, se conoció este seis de enero en Washington.

El embajador de la isla caribeña en Estados Unidos, José Rmón Cabañas, difundió en su cuenta de Twitter un enlace al texto de la orden emitida por la magistrada en Miami, Florida, la cual tiene fecha del 3 de enero.

Havana Docks Corporation, una compañía que dice ser ‘propietaria legítima de ciertos bienes inmuebles comerciales’ en el Puerto de La Habana, interpuso una acción legal el 27 de agosto pasado contra MSC Cruises y otras dos empresas, Norwegian Cruise y Royal Caribbean, por el uso de esa infraestructura.

En la reclamación se señaló que el 10 de diciembre de 2018 o cerca de esa fecha, MSC Cruises ‘inició, condujo y promocionó’ sus negocios comerciales en Cuba, al embarcar y desembarcar regularmente a sus pasajeros ‘sin la autorización del demandante o cualquier ciudadano de Estados Unidos que tenga un reclamo sobre la propiedad sujeta’.

Sin embargo, la línea de cruceros argumentó en una moción que la demanda debía ser desestimada por cuatro razones, entre ellas que quienes presentaron la reclamación ‘no incluyeron suficientes acusaciones sobre el presunto tráfico de los acusados en la propiedad’.

La moción añadió que el reclamo fracasa como una cuestión de derecho y que el Título III de la Ley Helms-Burton viola la cláusula del debido proceso de la Quinta Enmienda de la Constitución estadounidense.

Además, los demandados argumentaron que la ‘propiedad’ no es un asunto de la reclamación, porque el interés del reclamante en la propiedad en cuestión se basa en un arrendamiento que expiró en 2004.

En el documento emitido por Bloom, se indicó que ‘el reclamo del demandante que involucra una concesión por tiempo limitado no le da derecho a reclamar por actividades que tuvieron lugar años después de que ya no posee interés en la propiedad’, y la magistrada desestimó la demanda con perjuicio.

Según el Instituto de Información Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell, eso significa que la corte adoptó una determinación final sobre los méritos del caso y que, por lo tanto, el demandante tiene prohibido presentar otra acción basada en los mismos motivos.

La Helms-Burton, que fue aprobada por el Congreso estadounidense en 1996, codifica el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra Cuba hace casi 60 años.

Su Título III, que la administración de Donald Trump decidió activar el 2 de mayo de 2019, permite a ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en propiedades nacionalizadas en Cuba tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.

Agencia Prensa Latina

Texto de Agencia Prensa Latina

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