Choferes profesionales aún pueden suscribir el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil

Esta póliza reparará el daño ocasionado a la propiedad ajena y lesiones corporales o muertes hasta el límite pactado

sancti spiritus, direccion provincial de seguros, transporte
Todos los choferes profesionales tienen la obligatoriedad de suscribir el Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil. (Foto: Vicente Brito/ Escambray)
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Todos los choferes profesionales tienen la obligatoriedad de suscribir el Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil. (Foto: Vicente Brito/ Escambray)

Aunque este viernes vence el plazo establecido para suscribir el Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil, que por primera vez resulta de carácter obligatorio para todos los conductores profesionales de vehículos, la Dirección Provincial de Seguros se mantiene abierta para concretar esta disposición, que incluye tanto a los choferes estatales como no estatales (los llamados porteadores privados).

Yunior Rodríguez Carrillo, especialista principal de esa entidad, detalló a Escambray que esta posibilidad tiene el objetivo de poder indemnizar los daños y perjuicios que en determinado momento estos choferes puedan causar a otro ciudadano o a su patrimonio.

A partir de la suscripción del contrato, la entidad asumirá los pagos de indemnización, es decir, reparará el daño ocasionado por el asegurado a un tercero hasta el límite pactado en esa póliza en cuanto a dos riesgos principales: daños a la propiedad ajena y lesiones corporales o muertes.

En el caso de los daños a la propiedad ajena, el mínimo a proteger por el seguro es 15 000 pesos y el máximo  550 000; mientras que para las lesiones corporales o muertes la menor cuota resulta 25 000 y la máxima, 350 000.

La prima o cuantía a pagar por el chofer oscila de 100 hasta 2 250 pesos anuales, en dependencia del valor asegurado, y puede ser abonada una vez al año o dividida en dos semestres.

La aseguradora aclaró que no se asumirán los pagos cuando se compruebe que los actos del conductor fueron intencionados, si el accidente ocurrió en un lugar de acceso prohibido, ante el incumplimiento de las medidas orientadas para la prevención o disminución del riesgo, ni las afectaciones a bienes propiedad del asegurado.

Tampoco se responsabilizará si el vehículo se ha utilizado como medio para perpetrar un delito, en prácticas de entrenamiento o competencia; ni por incapacidad para conducir en el momento del accidente por haber ingerido bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas, así como por tener suspendida o cancelada la Licencia de Conducción, entre otras excepciones.

El seguro de responsabilidad civil deben abonarlo, en dependencia de la complejidad de su labor, los conductores de transporte de pasajeros y automotor de carga, de autos ligeros, motocicletas, motonetas, triciclos, bicitaxi y de vehículos de tracción animal. 

Los choferes que aún no han concertado el contrato pueden dirigirse a las oficinas de la Dirección Provincial de Seguros, sita en la calle Bartolomé Masó, No. 209 altos, frente al hospital provincial, a las representaciones municipales que existen, ante cualquier agente de seguro o solicitar información a través del teléfono 41- 328260.

En la provincia aparecen registrados hasta el momento cerca de 2 900 conductores profesionales, de los cuales solo han concertado el seguro obligatorio de responsabilidad unos 1 650.

Los choferes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior se exceptúan de la exigencia de este seguro, por disponer de un régimen jurídico especial. 

Los Ministerios del Interior y de Transporte pueden tomar medidas con los conductores que no contraten esta póliza, como suspensión de la licencia o separación del puesto de trabajo, además de que cada organismo tiene sus disposiciones al respecto.  

Mary Luz Borrego

Texto de Mary Luz Borrego
Máster en Ciencias de la Comunicación. Especializada en temas económicos. Ganadora de importantes premios en concursos nacionales de periodismo.

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