Cercado contra corriente

Aunque existe desde  hace ya 60 años, la cerca que circunda la vivienda de Miriam Betancourt, vecina de Isabel María de Valdivia No. 367, entre Lapanto y Cuartel, en la ciudad de Sancti Spíritus, se encuentra en una encrucijada: dejar de ser un límite perimetral desvencijado y antiestético o continuar

Aunque existe desde  hace ya 60 años, la cerca que circunda la vivienda de Miriam Betancourt, vecina de Isabel María de Valdivia No. 367, entre Lapanto y Cuartel, en la ciudad de Sancti Spíritus, se encuentra en una encrucijada: dejar de ser un límite perimetral desvencijado y antiestético o continuar afeando el entorno en esa esquina espirituana.

La disyuntiva llega en una esquela enviada a esta columna por la propia afectada, quien se declara inconforme con la negativa a otorgarle el permiso para sustituir la cerca, construida con materiales desechables (planchas de zinc y fibrocemento, básicamente) por otra compuesta por una base de bloques y malla pirlet en su parte superior, ni más ni menos que a la altura exigida para esos casos: desde 1.20 hasta 2.10 metros.

El argumento para la negativa, según escribe la remitente, es que la construcción tendría lugar debajo del tendido eléctrico, el cual se colocó mucho después, por fuera de su propiedad. Además de conferirle mayor seguridad y una mejor imagen a su domicilio, la lectora, arquitecta al fin, aspira a contribuir con la estética del entorno allí, pues por el lateral del cercado, que se extiende varios metros junto a la acera de la calle Cuartel, sistemáticamente vierten basura y diferentes tipos de desecho.

“Me pregunto, con todo respeto a mis vecinos, que son además nuestros amigos, cómo fue posible que sus cercas fueran aprobadas y la de mi vivienda no, si aquellas fueron construidas en las mismas condiciones. ¿Qué clase de ley se aplica para unos y para otros no?”, cuestiona la remitente.

Escambray gestionó la queja con la Dirección Municipal de Planificación Física, donde Elizabeth Borroto, técnica del Departamento de Atención a la Población y Trámites, aseguró haber comprobado in situ el riesgo de realizar labores constructivas exactamente bajo cables con electricidad. Lourdes Díaz Carbonell, directora, agregó que en la esquina donde se ubica la vivienda “existe un tendido eléctrico con transformadores, por lo que no se puede construir; así lo establece el artículo 38, inciso b del Plan General de Ordenamiento Territorial Urbano”. A continuación alude a la posibilidad de que existan situaciones donde eso no haya sido respetado “pero es ella en estos momentos la solicitante (…) y conforme al llamado de la máxima dirección del país no lo aprobamos (…)”.

Esta publicación se declara partidaria del reordenamiento para enmendar desaguisados urbanísticos, pero a la vez sugiere evaluar alternativas, de conjunto con la Empresa Eléctrica, a fin de considerar posibles opciones que permitan suplantar lo feo en un área tan pública.

Delia Proenza

Texto de Delia Proenza
Máster en Ciencias de la comunicación. Especializada en temas sociales. Responsable de la sección Cartas de los lectores.

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