Cuba: Sistema judicial define medidas para etapa pos COVID-19

En la etapa de recuperación, se dará cumplimiento a los trámites que estaban pendientes al momento de la suspensión de los servicios, confirmó el ministro Oscar Silvera Martínez

Justicia, PosCOVID-19, Cuba, Mesa Redonda
Desde el Palacio de la Revolución, el ministro de Justicia informó a la población en la Mesa Redonda. (Foto: Presidencia Cuba/Telegram)
Desde el Palacio de la Revolución, el ministro de Justicia informó a la población en la Mesa Redonda. (Foto: Presidencia Cuba/Telegram)
Desde el Palacio de la Revolución, el ministro de Justicia informó a la población en la Mesa Redonda. (Foto: Presidencia Cuba/Telegram)

El tránsito hacia la etapa de la recuperación tras la COVID-19 en el país será un proceso gradual y asimétrico, sin apresuramiento, teniendo en cuenta el comportamiento epidemiológico de cada territorio, según ha reafirmado el Gobierno cubano.

Como informó el primer ministro Manuel Marrero Cruz en la Mesa Redonda del pasado 15 de junio, el objetivo es flexibilizar medidas con gradualidad. En el caso del sistema de justicia, lo planificado incluye la incorporación desde la primera fase de los procesos judiciales, según la urgencia y prioridades, así como la reanudación, poco a poco, de los servicios jurídicos.

“No será hasta la tercera fase que se restablecerán todos los servicios judiciales”, de acuerdo con lo previsto en la estrategia elaborada por el Gobierno.

La actividad judicial no se detuvo en tiempos de pandemia

Al intervenir en la Mesa Redonda, el ministro de Justicia, Oscar Manuel Silvera Martínez, explicó que durante todo este periodo de enfrentamiento a la COVID-19 la actividad judicial no se ha detenido.

Por ejemplo, se mantuvieron activas las operaciones del Registro del Estado Civil, en las cuales se realizaron un total de 16 806 inscripciones de nacimientos, 19 770 defunciones y 6 758 trámites para pensiones por fallecimiento.

“Son hechos y actos de gran trascendencia para las personas y que había que tenerlo en activo. Este es una garantía en nuestro país de cara a los derechos de ciudadanos. Hemos impulsado un concepto en los Registros del Estado Civil muy importante que es la digitalización de los procesos y lo hemos logrado en 41 hospitales”, subrayó.

A la par, en el Registro Central de Sancionados se ejecutaron 20 449 solicitudes de antecedentes penales de las autoridades policiales y judiciales. También funcionaron la Caja de Resarcimiento para el pago de las pensiones y determinados cobros y pagos de cuantías disponibles y “otros puntuales e imprescindibles servicios notariales como los relacionados a los colaboradores de la Salud”, precisó.

Otras actividades jurídicas que no cesaron su trabajo fueron las relacionadas con la inversión extranjera. Igualmente, “mantuvimos el propósito de avanzar en la estrategia de informatización en los Registro del Estado Civil y nuestras notarías, así como se le dio una atención al funcionamiento de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, las empresas de Consultoría Jurídica y los seis bufetes especializados del Ministerio de Justicia”, abundó el titular.

Además, prosiguió, “sostuvimos el cumplimiento de la actividad legislativa y de nuestra labor de asesoramiento al sustento de las medidas adoptadas para el enfrentamiento a la COVID-19”.

Sobre este último punto, subrayó que se aprobaron siete decretos-leyes, en tanto se trabaja en otros siete y en 13 leyes y 32 grupos de normas jurídicas que implementan Lineamientos, lo que representa aproximadamente 160 disposiciones normativas.

Elaboración de seis leyes, simplificación de trámites y agilización de procesos

Por otra parte, el Ministerio de Justicia tiene a su cargo, según este cronograma, la elaboración de seis normas jurídicas de rango superior, como el Código de las Familias, el Código de Contravenciones, la Ley de Asociaciones, la Ley de las Notarías Estatales, la Ley del Registro del Estado Civil y el Decreto-Ley sobre Protección de Datos Personales.

Igualmente, se mantuvo el funcionamiento de la Gaceta Oficial de la República para la publicación de las normas jurídicas que se deriven de la actual situación del país.

“Se publicaron decisiones del Consejo de Ministros, el Tribunal Supremo Popular y de los ministerios de Transporte, Salud Pública, Finanzas y Precios, Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y Educación Superior”.

Silvera Martínez añadió que en esta etapa se dio continuidad al proceso de simplificación de trámites y agilización de procesos, con el objetivo de evitar el traslado de cargas innecesarias a la población, eliminando trabas y prohibiciones.

  • Resolución 218 de 30 de marzo de 2020: Simplifica el contenido de las certificaciones de capacidad legal para la formalización de matrimonios en el exterior y eliminó el plazo de vigencia de 180 días.
  • Resolución 315 de 5 de junio de 2020: Suspende el término para la inscripción de las viviendas en el Registro de la Propiedad hasta que se reanuden los servicios, y establece la prórroga de la vigencia de las certificaciones positivas emitidas en el 2020 de actos de última voluntad, de declaratoria de herederos y de soltería de 180 días a 1 año. En relación con las certificaciones de antecedentes penales, interrumpe el término de vigencia de 180 días, el cual comenzará al decursar en el reinicio del servicio.
  • Resolución 325 de 12 de junio de 2020, modificativa del artículo 141 de la Resolución 249 “Reglamento de la Ley del Registro del Estado Civil”, publicada en Gaceta Oficial Ordinaria No.38 de 15 de junio de 2020: Para limitar a los asuntos estrictamente necesarios la entrega de certificaciones por los Registros del Estado Civil, una decisión trascendente que tiene como fundamento una mayor utilización del carné de identidad por las autoridades administrativas para la realización de trámites de las personas.

El titular de Justicia destacó que se ha desarrollado una intensa actividad comunicacional para brindar información al pueblo.

“Se estableció y cumplió como primera prioridad del sistema de dirección la de exigir y propiciar que todos se cuiden, se consolidó un sistema permanente de intercambio con nuestros territorios utilizando las telecomunicaciones y en las instalaciones mientras resultó posible y cumpliendo las medidas sanitarias, se continuaron tareas de mantenimiento constructivo para mejorar las condiciones de trabajo y de atención a las personas”, comentó.

En otro momento del espacio radio-televisivo, el ministro se refirió a algunos temas o motivos de mayor preocupación de las personas. “En esta etapa se mantuvo como prioridad la atención a las quejas, criterios y planteamientos de las personas. Se han recibido 12 quejas y 277 planteamientos, fundamentalmente vinculados con el interés sobre el estado de tramitación de solicitudes de revisión de sentencias penales y la necesidad de otorgar testamentos”.

Fueron recurrentes a su vez las dudas sobre el reinicio de las actividades para la obtención de antecedentes penales, la legalización de documentos para surtir efectos en el exterior y los servicios de los registros, las notarías y la Consultoría Jurídica Internacional.

Silvera Martínez informó que de cara al reinicio general de las actividades se están tomando medidas de higienización y reubicación de mobiliarios para garantizar el distanciamiento físico.

Una vez en la etapa de recuperación, se dará cumplimiento a los trámites que estaban pendientes al momento de la suspensión de los servicios, “a partir de una estrategia ordenada, inteligente, progresiva y asimétrica y con un estricto cumplimiento de las medidas sanitarias”.

¿Cómo se realizarán los servicios notariales en la etapa pos-COVID-19?

El titular de Justicia detalló cómo se realizarían los servicios notariales en la etapa pos-COVID-19 en el país. “Iremos de los trámites más simples a los más complejos”, dijo.

Primera fase:

•  Testamentos o su revocación.

•  Poderes Especiales, generales y su revocación.

•  Formalización de matrimonios: contrayentes, testigos, padres e hijos.

•  Escrituras de autorización en todas sus modalidades.

•  Actas de declaración jurada.

•  Autenticación de firmas.

•  Habilitación de libros.

•  Cotejos de documentos.

•  Expedición de copias.

“Los directores de Justicia y notarios principales, atendiendo a las características de la unidad y a los recursos humanos que se encuentran trabajando, pueden disponer objetivamente y con racionalidad la atención diaria de un número de personas para evitar aglomeraciones”.

Segunda fase:

Se incorporan los servicios siguientes:

  • Formalización de matrimonios: contrayentes, testigos, padres, hijos y un número racional de invitados de acuerdo con la capacidad del local, en cumplimiento con el distanciamiento físico y las medidas higiénico-sanitarias.
  • Procesos sucesorios de declaratoria de herederos.
  • Divorcios.
  • Adjudicación de bienes por herencia.
  • Compraventa y donaciones de viviendas y vehículos.
  • Descripción de obra.
  • Actas de notoriedad y de subsanación de errores u omisiones de poca complejidad.

Silvera Martínez puntualizó que en esta fase, las comunicaciones testamentarias se remiten por correo electrónico desde la propia unidad notarial o a través de la Dirección Municipal de Justicia, al Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratoria de Herederos para su inscripción. Por esa vía se recibe el tomo y folio del asiento registral.

Tercera fase:

Se autorizarán todos los actos notariales incorporándose los de mayor complejidad, bajo el mismo concepto de distanciamiento físico y estricto cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas.

Los trámites en el Registro del Estado Civil

Silvera Martínez continuó explicando otras medidas relacionadas con el Registro del Estado Civil.

Primera fase:

•  Mantener la inscripción de nacimientos y defunciones e incorporar la inscripción de matrimonios.

•  Expedición de las licencias de enterramiento, certificaciones de nacimiento, de defunción para el cobro de pensiones por causa de muerte.

•  Formalización de matrimonios: contrayentes, testigos, padres e hijos y expedición de las certificaciones.

• Inserción y confrontación de asientos registrales.

Segunda fase:

Se incorporan:

• Formalización de matrimonios: contrayentes, testigos, padres e hijos  y un número racional de invitados de acuerdo con la capacidad del local y garantizar el distanciamiento físico.

• Expedición de certificaciones para fines sucesorios y para otros procesos dentro del territorio nacional.

• Reconocimiento de hijos.

• Solicitudes de búsquedas.

• Avanzar con la informatización: inicio de la preparación de las condiciones técnicas en las unidades y capacitación del personal en la plataforma digital para la solicitud y expedición de certificaciones.

Tercera fase:

• Se reanudan todos los procesos y servicios registrales con una organización interna que permita el cumplimiento de las medidas sanitarias.

• Despliegue de la plataforma digital Bienestar.

Registro de actos de última voluntad y de declaratoria de herederos

En otro momento de la Mesa Redonda, el ministro de Justicia se refirió al registro de actos de última voluntad y de declaratoria de herederos. Durante la primera fase “solo se realizará la recepción e inscripción de los títulos sucesorios procedentes de las unidades notariales y del Sistema de Tribunales en relación con los testamentos ológrafos”.

Silvera Martínez especificó que las comunicaciones testamentarias se remiten por correo electrónico desde la propia unidad notarial o a través de la Dirección Municipal de Justicia, al Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratoria de Herederos para su inscripción y por esa vía se recibe el tomo y folio del asiento registral.

Segunda fase:

  • Reinician los trámites a partir de solicitudes realizadas por la página web y la apk IlexMinjus.

Tercera fase:

  • Se restablecen la totalidad de los servicios de inscripción y expedición de certificaciones, así como estarán creados los puntos en la totalidad de los municipios del país para lograr la descentralización de los servicios de solicitud y entrega de las certificaciones.

¿Qué trámites se podrán realizar en los registros de la vivienda?

Entretanto, en los registros de la vivienda solo se permitirá durante la primera fase la entrega de los títulos inscritos pendientes al decretarse el cierre de los servicios. Mientras que en la segunda se podrá inscribir los inmuebles de las personas naturales y la expedición de certificaciones.

Tercera fase:

•  Restablecimiento de todos los servicios.

•  Inscripción de los inmuebles de personas naturales en todos los casos.

•  Inscripción de los inmuebles estatales y de las personas jurídicas no estatales.

•  Expedición de certificaciones.

Restablecimiento de los servicios en los registros mercantiles y el registro central de sancionado

En cuanto a los registros mercantiles, en la primera fase se podrá entregar los documentos inscritos pendientes al decretarse el cierre de los servicios.

Segunda fase:

•  Restablecimiento parcial de los servicios e inscripción de los documentos de los sujetos mercantiles que se presenten.

•  Expedición de certificaciones.

•  Búsquedas en los archivos provinciales.

Tercera fase:

•  Restablecimiento de todos los servicios.

•  Inscripción de los documentos de los sujetos mercantiles que se presenten.

•  Proceso de inscripción de las cooperativas agropecuarias, según cronograma Ministerio de la Agricultura-Ministerio de Justicia.

• Expedición de certificaciones.

• Verificaciones registrales y búsquedas en los archivos provinciales.

El ministro de Justicia también explicó lo relacionado con el Registro Central de Sancionados.

Primera fase:

•  Se reanuda la conciliación con el sistema de tribunales para la recepción de las certificaciones de sentencias.

•  Expedición gradual de certificaciones de antecedentes penales.

•  Inicio de los procesos de cancelación de antecedentes penales en los casos que proceda.

Segunda fase:

•  Expedición de certificaciones de antecedentes penales.

•  Continúan las cancelaciones de antecedentes penales evitando devoluciones y aplazamientos innecesarios en la tramitación de los expedientes radicados.

•  Revitalizar la solicitud de certificaciones por la página web y la apk IlexMinjus.

Tercera fase:

•  Se restablecen la totalidad de los servicios de inscripción y expedición de certificaciones.

•  Creados las condiciones para brindar este servicio en la totalidad de los municipios del país.

Bufetes especializados y la caja de resarcimiento

En cuanto a los bufetes especializados, en la primera fase “cumplen sus obligaciones en las consultas realizadas, permiten la emisión de opiniones legales, dictámenes de contratos o asuntos, dan servicios de asistencia y asesoría legal y procesan solicitudes y preparan la documentación para los servicios ante la Oficina Central de Propiedad Industrial (OCPI)”.

Primera fase:

•  Contratan servicios para trámites migratorios de acuerdo con las características de los territorios y servicios de asistencia legal no presencial.

•  Coordinan con la Empresa Correos de Cuba la recepción y entrega de los documentos así como las conciliaciones con los ministerios del Interior, Salud Pública y las Fuerzas Armadas, para la obtención y legalización de documentos.

“Los notarios adscritos a estos Bufetes Especializados se ajustan a las fases establecidas para los servicios notariales”, recalcó.

Segunda fase:

Se adicionan

•  Contratación de asuntos de menor complejidad.

•   Inician la contratación general de los servicios de obtención y legalización de documentos docentes y registrales.

Tercera fase:

•   Restablecimiento total de los servicios.

Al comentar sobre el funcionamiento de la caja de resarcimiento, dijo que durante la primera fase la oficina central y las secciones provinciales inician los procesos de ingresos y pagos y continúa la recepción de las sentencias del sistema de tribunales.

“Dada las características y naturaleza de este servicio existen las condiciones para el tránsito de la primera a la tercera fase, en la cual se establecerán de todos los servicios”.

Al concluir su intervención, Silvera Martínez acotó que el funcionamiento de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos y de las empresas de Consultoría Jurídica será de manera progresiva, en correspondencia con la dinámica de actuación del sistema judicial y de las personas jurídicas que reciben su asesoramiento.

“Queremos reconocer el desempeño de nuestros trabajadores, los registradores que estuvieron en la primera línea y otros tantos que pusieron su empeño en esta fase, sobre todo las mujeres y jóvenes”, concluyó.

Cubadebate

Texto de Cubadebate

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