La provincia Sancti Spíritus cuenta con nueve Monumentos Nacionalesveinte y tres Monumentos Locales y una Zona de Protección.

Valle de los ingenios

Tres de esos Monumentos Nacionales tienen el reconocimiento internacional, pues fueron declarados Patrimonio de la Humanidad por el Comité Intergubernamental del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la UNESCO el 8 de diciembre de 1988.


Monumentos nacionales Patrimonio de la Humanidad

Se consideran parte del patrimonio mundial los bienes culturales y naturales que tienen un excepcional valor universal. (1)


Monumentos nacionales

Se entiende por Monumento Nacional todo centro histórico urbano y toda construcción, sitio u objeto que, por su carácter excepcional, merezca ser conservado por su significación cultural, histórica o social para el país y que, como tal, sea declarado por la Comisión Nacional de Monumentos. (1)


Monumentos locales

Se entiende por Monumento Local toda construcción, sitio u objeto que no reuniendo las condiciones necesarias para ser declarado Monumento Nacional, merezca ser conservado por su interés cultural, histórico o social para una localidad determinada y que, como tal, sea declarado por la Comisión Nacional de Monumentos. (1)


Zonas de Protección

Las Zonas de Protección incluyen los bienes del patrimonio inmueble sobre los que se deben ejercer acciones de salvaguarda, hasta tanto se incluyan en las categorías anteriores. (1)


Ver además:

Infografía de los monumentos de la provincia de Sancti Spíritus

La UNESCO y la defensa del patrimonio

Monumentos Nacionales de Cuba declarados Patrimonio de la Humanidad

 

PATRIMONIO de SANCTI SPÍRITUS


.INICIO.   |   .NACIONALES.   |   .LOCALES.   |   .ZONAS DE PROTECCIÓN.

Consejo Nacional de Patrimonio Cultural (CNPC)

El Consejo Nacional de Patrimonio Cultural (CNPC) del Ministerio de Cultura de la República de Cuba, es la instancia encargada de precisar y declarar los bienes que deben formar parte del Patrimonio Cultural de la Nación, los cuales estarán sujetos a los preceptos de la Ley No. 1. Ley de Protección al Patrimonio Cultural, aprobada por la Asamblea del Poder Popular el 4 de Agosto de 1977 y su Reglamento, el decreto no. 118 del Consejo de Ministros del 3 de noviembre de 1983.

El CNPC trabaja por la protección, rescate, conservación, restauración, exhibición, investigación y divulgación del patrimonio cultural y natural, así como por la formación de profesionales en la materia. Ejerce sus funciones a nivel nacional a través de los Centros Provinciales de Patrimonio Cultural, a los cuales se adscriben los museos, los equipos técnicos de monumentos y los Registros Provinciales de Bienes Culturales. Su acción se extiende no sólo al sistema institucional de la cultura, sino también hacia el resto de los organismos que poseen patrimonio cultural o que requieren información, asesoramiento y control dentro y fuera de Cuba.

Se le subordina  el Centro Nacional de Conservación, Restauración y Museología (CENCREM) y el Registro Nacional de Bienes Culturales (RNBC).

Cuenta además, con un órgano adscripto, la Comisión Nacional de Monumentos, oficialmente constituida el 12 de enero de 1978 bajo el amparo legal de la Ley No. 2 Ley de Los Monumentos Nacionales y Locales. A ella le corresponde preparar estudios y planes para la localización, conservación y restauración de centros históricos, construcciones, sitios y objetos declarados Monumento Nacional o Local, así como de aquellos, que sin estar declarados, estén registrados como de valor patrimonial, además custodiar los archivos y la documentación correspondientes a los Monumentos Nacionales y Locales. Así mismo orientar y supervisar el trabajo de las Comisiones Provinciales de Monumentos.

En Sancti Spíritus el Centro Provincial de Patrimonio Cultural trabaja por preservar la identidad cultural, es celoso velador de la conservación de muebles e inmuebles patrimonios de la provincia, poseedora de la riqueza arquitectónica de varios siglos, que mayoritariamente se ubican en los Centros Históricos Urbanos de Sancti Spíritus, Trinidad y el Valle de los Ingenios, declarados monumentos nacionales y los dos últimos desde 1988 reconocidos internacionalmente como Patrimonio de la Humanidad.

La Oficina de Monumentos es la encargada de proteger, investigar y restaurar el patrimonio mueble e inmueble de toda la provincia de Sancti Spíritus. Su creación data del año 1983 cuando se instrumentó por primera vez la delimitación del Centro Histórico Urbano que incluyó el inventario de todos los inmuebles ubicados dentro de esta área, además posibilitó clasificarlos y protegerlos según fueran sus valores históricos-arquitectónicos-artísticos y ambientales.

Elementos legislativos que protegen los monumentos en Cuba.

Ley No. 1. Ley de Protección al Patrimonio Cultural. (4 de agosto de 1977).

Decreto No. 118/83. Reglamento para la Ejecución de la Ley de Protección al Patrimonio. (23 de septiembre de 1983).

Ley No. 2/77. Ley de los Monumentos Nacionales y Locales. (4 de agosto de 1977).

Decreto No. 55/79 Reglamento para la Ejecución de la Ley de los Monumentos Nacionales y Locales. (29 de noviembre de 1979).

Ley No. 106. Del Sistema Nacional de Museos de la República de Cuba. (1 de agosto de 2009)

Decreto # 272 (De las Infracciones contra el Ordenamiento Territorial y el Urbanismo, el Ornato Público, la Higiene Comunal y los Monumentos Nacionales y Locales)

Constitución de la República.

Ley # 62/87 (Código Penal)

Fuentes consultadas:

 

(1Protección del Patrimonio Cultural. Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. Ministerio de Cultura, 2002.

.Elementos legislativos.    |    .Imágenes.    |    .Otros artículos.