Expediente laboral extraviado

“Mi padre, Arístides González Valdés, tiene 75 años de edad y trabajó por más de 25 años en la empresa Cubatabaco de Cabaiguán, donde le extraviaron su expediente laboral. Nunca se lo entregaron y, por consiguiente, nunca ha podido lograr que se le reconozcan sus años de trabajo para un

“Mi padre, Arístides González Valdés, tiene 75 años de edad y trabajó por más de 25 años en la empresa Cubatabaco de Cabaiguán, donde le extraviaron su expediente laboral. Nunca se lo entregaron y, por consiguiente, nunca ha podido lograr que se le reconozcan sus años de trabajo para un digno retiro, como todos nos merecemos”.

Así comienza su misiva Miguel González Yanes, residente en la calle Tomás Pérez Castro No. 85, entre Masó y Agramonte, en el citado municipio. Añade que su progenitor buscó mediante esfuerzo propio, con administrativos de su época, pruebas testificales que avalaban sus años de labor, pero todo fue en vano. “Se las presentamos al compañero Laredo cuando fungía como director del Órgano de Trabajo en Cabaiguán y dijo que nada se podía hacer”, apunta.

De acuerdo con su carta, buscaron también asesoría en la Asociación de Combatientes de la Revolución Cubana en el municipio, adonde el septuagenario pertenece desde su fundación. “Es cierto que hemos tenido cierta morosidad con esta situación, porque habíamos perdido toda esperanza”, significa.

Miguel añade que su padre realizó varias otras labores, siempre desde su condición de trabajador de la empresa Cubatabaco.

“Convive con mi mamá de 81 años (sin retiro), mi hermana y sobrino, y presenta múltiples problemas de salud (…). Actualmente trabaja como custodio en una unidad comercial, pero sin cobrar lo que le correspondería como jubilado y eso no es justo. Solo quiero que me digan qué hacer o adónde acudir con esta situación”, solicita.

Osmani Faustino Rodríguez Martínez, especialista en Gestión de Recursos Humanos en la Dirección Provincial de Trabajo, explicó que en el Artículo No. 34 del Código de Trabajo, aprobado el 20 de diciembre de 2013, se establece: “La entidad y los trabajadores están obligados a proteger los expedientes laborales bajo su custodia y, en caso de deterioro o pérdida parcial o total de estos, a realizar las gestiones para reconstruir el tiempo de servicio y salarios devengados a los fines de la Seguridad Social”.

Agregó que el Reglamento de dicho Código, Decreto No. 326, en su artículo No. 20, estipula que el jefe de la entidad o persona en quien este delegue expide las certificaciones referidas al tiempo de servicio y salarios devengados requeridas en el proceso de reconstrucción de los expedientes extraviados o destruidos, a solicitud de otras entidades o del trabajador, en un término de hasta noventa días a partir de la solicitud. Dicha documentación, aclaró, se tramita ante el Instituto Nacional de Trabajo y Seguridad Social (Inass).

“La responsabilidad era de la empresa donde él laboraba, pero en el momento preciso, evidentemente, no se hizo nada. El primer responsable en dicha gestión es el trabajador, que debe compulsar a la administración para que la realice. En todos los años transcurridos desde entonces han pasado por allí otras administraciones no implicadas en el problema”, amplió la fuente.

Sirva el caso, entonces, para que otras personas conozcan sus derechos en situaciones similares, que, a decir de Osmani, suelen presentarse de tanto en tanto.

Delia Proenza

Texto de Delia Proenza
Máster en Ciencias de la comunicación. Especializada en temas sociales. Responsable de la sección Cartas de los lectores.

2 comentarios

  1. Yenisleidy Linares Rodríguez

    Nececito información mi mamá se le perdió su expedientes laboral y ahora donde trabajo disen que no pueden hacer nada y entonses ya tiene 63 años como la retiro nadie me da información abra alguna manera de responder mi pregunta gracias

  2. Recuperar o reconstruir un expediente laboral deviene en la décimotercera tarea de Hércules: ni el mítico personaje auxiliado de sus pares Atlas, Caupolicán y Gilgamesh lo conseguirían, tanta es la desidia administrativa y la despreocupación del trabajador.

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