La temporada de caza cinegética en Cuba, iniciada en septiembre de 2025, se extenderá hasta marzo de 2026, según la Resolución 282/2025 del Ministerio de la Agricultura (Minag), que regula las áreas, especies y normas para la práctica autorizada.
Antonio Guzmán Torres, subdirector del Servicio Estatal Forestal del Minag, declaró a la web institucional del organismo que los permisos son expedidos por las oficinas municipales de ese servicio y constituyen documentos oficiales, personales e intransferibles.
La fauna cinegética está integrada por especies silvestres y animales de cría artificial que pueden ser objeto de aprovechamiento racional y sostenible mediante la práctica ordenada de la caza, precisó el directivo.
Guzmán explicó que la caza deportiva, practicada por nacionales y extranjeros autorizados, responde a la necesidad de manejo de poblaciones abundantes en zonas como lagunas costeras y áreas arroceras, donde se aplican planes de control.
La normativa establece que todas las especies de fauna silvestre terrestre están en veda permanente, y de manera excepcional se autoriza la caza en temporada, cotos, reservas y áreas designadas por el Minag.
Los cazadores deben cumplir requisitos como ser mayores de 18 años, estar asociados a la Federación Cubana de Caza Deportiva, poseer licencia de caza y autorización de arma de fuego expedida por el Ministerio del Interior.
Entre las especies autorizadas figuran aves terrestres como palomas rabiche y aliblanca, torcazas cabeciblanca y cuellimorada, codorniz, gallina de guinea y faisán de collar macho; además de aves acuáticas como pato de la Florida, pato pescuecilargo, becacina y coco prieto, junto a mamíferos como conejo cimarrón.
Cada especie tiene un número máximo de captura por sesión, establecido en la resolución, lo que garantiza el equilibrio poblacional y la sostenibilidad de la práctica.
Escambray Periódico de Sancti Spíritus










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