Presentan medidas laborales para disminuir el consumo eléctrico en Cuba

Las disposiciones laborales deben tributar al ahorro de electricidad, y a la vez proteger el ingreso de los trabajadores

cuba, ministerio de trabajo y seguridad social, electricidad, ahorro de energia, teletrabajo, trabajo a distancia
Corresponde a cada jefe de entidad determinar las medidas laborales y salariales a aplicar, atendiendo a las características de la actividad. (Foto: Vicente Brito/Escambray)

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTTS) presentó este 2 de agosto una serie de medidas para su adopción en el sector estatal de la economía, con vistas a disminuir el consumo eléctrico, teniendo en cuenta la situación energética por la que atraviesa el país.

De acuerdo con una nota del organismo, publicada en su sitio web, una orden ministerial de la titular del sector, Marta Elena Feitó Cabrera, indica que corresponde a cada jefe de entidad determinar las medidas laborales y salariales a aplicar, atendiendo a las características de la actividad.

Señala el texto que las disposiciones laborales deben tributar al ahorro de electricidad, y a la vez proteger el ingreso de los trabajadores, que encuentran respaldo legal en la Ley 116, el Código de Trabajo, su Reglamento y la Resolución 71/202.

Las medidas que pueden aplicarse, de manera homogénea, y combinadas, son el trabajo a distancia y el teletrabajo, el trabajo en el terreno, las vacaciones, ajustes en el horario, y reubicación laboral.

El MTTS también incluye la interrupción laboral, aclarando que debe aplicarse como última opción, cuando no puedan emplearse ninguna de las alternativas anteriores.

Los trabajadores que no puedan ser reubicados, agrega la comunicación, tienen derecho a una garantía salarial equivalente al ciento por ciento de su salario básico diario por el período de un mes, computado de forma consecutiva o no, dentro del año.

El texto llama la atención en que la aprobación de jornadas reducidas con pago total de salario no es facultad de los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado (OACE), ni de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial (OSDE).

Por ello, agrega, si se determina laborar en jornadas de trabajo inferiores a las establecidas, el salario se pagará en correspondencia del tiempo real trabajado y no al 100 por ciento, de ahí la necesidad de concentrarse en la aplicación de las medidas anteriores anunciadas.

Agencia Cubana de Noticias

Texto de Agencia Cubana de Noticias

Comentario

  1. Una opción oportuna y coherente con la política de no generar desempleo pudiera ser otorgar el derecho de jubilación a los trabajadores que arriben este año o tengan más de 55 o de 60 (mujeres-hombres), modificando el porcentaje en el cálculo superior a los 30 años laborados para no afectar de modo desproporcionada los beneficios de sus ingresos. Presisamente es este grupo, por su edad, el más difícil de reubicar en otras tareas. Puede ser esta una medida con carácter excepcional, la situación lo exige.

Escambray se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, así como los que no guarden relación con el tema en cuestión.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *