Cuba: nuevos salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social (+PDF)

El salario mínimo del país se eleva a 2 100 pesos mensuales

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Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. (Foto: ACN)
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Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. (Foto: ACN)

La Gaceta Oficial Extraordinaria No.69 publicó este jueves 19 resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que establecen los nuevos cambios en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, como parte del proceso de ordenamiento monetario que comenzará el próximo 1ro de enero.

A partir de ese día se quedará el CUP como única moneda y una tasa de cambio de 24 pesos cubanos por un dólar, tanto para la población como para el sector empresarial, según anunció el presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez.  

Detalles de las normas del MTSS:

  • El salario mínimo del país se eleva a 2 100 pesos mensuales.

Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. Las escalas parten de 1 910 y 2 100 pesos para aquellos que laboran 40 y 44 horas semanales, respectivamente, y se fija en la última escala 9 510 pesos para quienes trabajen 44 horas semanales.

La norma plantea que se mantendrán los pagos adicionales mensuales:

  1. Por condiciones laborales anormales;
  2. Por trabajar en turnos nocturnos y mixtos.
  3. Por ostentar la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, 440 pesos y por el grado científico de Doctor, 825 pesos, los que se reciben por una sola titulación, siempre que los profesionales desempeñen un cargo con exigencias de nivel universitario. 
  4. Coeficiente de interés económico social del treinta por ciento (30%) del salario básico para los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera, provincia de Guantánamo. 
  5. Para las profesiones que se certifican internacionalmente, 685 pesos. 
  6. Por impartir docencia en Salud Pública, para médicos, estomatólogos y otros profesionales que no ocupan plazas docentes.

A la vez, se dejan sin efecto para todos los trabajadores pagos adicionales mensuales como por ocupar cargos técnicos, por trabajar en los organismos globales y del perfeccionamiento empresarial en las entidades autorizadas a aplicarlo, entre otros.

  • La pensión mínima por edad e invalidez total del Régimen General de Seguridad Social, y de los regímenes especiales de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, será de 1 528 pesos.

Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con una escala, que va de 1 528 pesos (para aquellos que cobren actualmente entre 280 y hasta 300 pesos) a 1 733 para quienes reciban de 446 a 500 pesos.

En la resolución se precisa que las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1 528 pesos cada una.

Como parte del compendio legislativo está la Resolución número 33, que especifica sobre el régimen laboral en la inversión extranjera, y puntualiza que el pago del salario de los cubanos residentes en el territorio nacional y extranjeros residentes permanentes en Cuba que prestan servicios en las empresas, lo realiza en pesos cubanos la entidad empleadora, encargada de seleccionar y suministrar el personal que presta los servicios a las empresas. 

  • El salario se fija por acuerdo entre la entidad empleadora y la empresa con capital extranjero teniendo en cuenta la complejidad, las condiciones del trabajo y requisitos adicionales de los cargos. 
  • El salario acordado no puede ser inferior al que corresponde a cada cargo en la escala salarial vigente.

También hay otras resoluciones específicas para los trabajadores que ocupan cargos de las categorías ocupacionales de cuadros, técnicos, operarios, administrativos y de servicios, que laboran en los órganos locales del Poder Popular y sus unidades presupuestadas adscriptas y subordinadas.

Igualmente están las normas dedicadas al sistema salarial para los trabajadores que se desempeñan en cargos periodísticos en los órganos de prensa y en otras publicaciones no conceptuadas como tal; en el sistema de la educación general y media y de la Educación Superior, y en las instituciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud.

A su vez se puntualiza el sistema salarial para los trabajadores de la actividad de ciencia, tecnología e innovación y el pago de los ingresos básicos mensuales a los atletas de alto rendimiento de las preselecciones deportivas nacionales, miembros de los equipos participantes de la Serie Nacional de Béisbol y sus reservas, contratados, según la categoría deportiva establecida por el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.

  • Las cuantías a pagar por el suministro de la fuerza de trabajo entre la entidad cubana designada y el concesionario o usuario extranjero de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.
  • Los salarios mensuales de los artistas subvencionados de las manifestaciones de música, espectáculos, teatro, danza, circo, cine y animados, que tienen relación de trabajo en los sistemas de Cultura, Radio y Televisión, Turismo, Salud Pública y otras entidades autorizadas. 
  • Para los cuadros de las instituciones culturales categorizadas por el Ministerio de Cultura y de los centros culturales pertenecientes a la Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana.
  • Para el personal que forma parte de las dotaciones de los buques y embarcaciones de navegación de travesía internacional, de cabotaje y las que realizan sus actividades próximos a la costa y en las aguas interiores, pertenecientes u operadas por las empresas, unidades presupuestadas y demás entidades de los organismos de la Administración Central del Estado y los órganos locales del Poder Popular.

Por último, la Resolución 71 establece que el ingreso de los trabajadores se compone de una parte fija, que se corresponde con el salario escala según la complejidad del trabajo y los pagos adicionales aprobados y, una parte móvil asociada a los resultados que comprende: 

a) Sistemas de pago a destajo;

b) distribución de utilidades; y

c) forma de pago por rendimiento que se aplica en las inversiones constructivas de los programas de desarrollo turístico y de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. 

Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados; se prioriza su aplicación en los procesos y actividades que la naturaleza del trabajo lo posibilite, a partir de normas de tiempo o rendimiento y el salario se condiciona a la calidad del trabajo realizado.

En PDF, la norma

Cubadebate

Texto de Cubadebate

15 comentarios

  1. Jorge Leidel Cuellar Martínez

    Quisiera saber como se formará el salario de los trabajadores que laboren bajo el sistema de pago a destajo, ¿Será el salario escala por el que fueron contratados más el valor de las producciones realizadas?

  2. Luis Gonzalez Borrego

    Quisiera saber, como se efectua el pago de un salario de 5060 pesos a una persona que ademas es master en ciencias y por lo tanto debe ganar 5500. ¿Al pago de los 440 pesos por master, se le hace algun descuento?, pues en mi centro de trabajo se hacen descuentos a ese dinero y alegan que son los descuentos de la seguridad social y todo eso? -Qusiera saber si eso es correcto.

  3. Buenas tardes,
    Cómo calcular la Lic de maternidad en este momento con los cambios de salario
    Muchas gracias

  4. Romel Ojeda César

    Buenas noches:
    Tengo una hermana graduada de nivel, ingeniera química de alimentos que, después de la reforma salarial va a ganar un poco más del salario mínimo.
    Los especialistas de Recursos Humanos de su empresa le dicen que ello se debe a que ocupa un puesto de operaria y me pregunto.
    – ¿No se respeta su título universitario acreditado en la dirección de Recursos Humanos?
    – ¿Cómo es posible que un ingeniero recién graduado ocupe una plaza del grupo XIII de 3810 pesos, superior al salario de mi hermana, cuando lo más probable ella tenga que entrenar a ese recién graduado?
    Pienso que la dirección de Recursos Humanos tenga que estudiar más a fondo este asunto y corregir un posible error cometido.
    De ustedes cordialmente

    Romel Ojeda César

  5. En el pago de las prestaciones del mes me han adelantado el pago de enero pero el pago de diciembre no aparece es que me adelantan uno y me cancelan otro además¿Que cobro en enero?

  6. Yo vivo con mi esposo y una niña de 10 años de edad . Mi salario es de 315 pesos y mi esposo de 325. Pero tengo una hija de 21 años q estudia medicina y ademas tiene un niño de 3 años y vive sola . No tiene ingresos . Solo el estipendio de 50 pesos. Q puedo hacer . Ya yo tengo que pagar para que le cuiden el niño para ella estudiar.

  7. Juan José Hernández García

    Y un trabajador que tiene acumulada vacaciones y cobra poco salario, como puede subsistir ese mes

  8. para los pagos adicionales quienes clasifican en el aspecto 5 q dice los profesionales q que se certifican internacionalmente.

  9. Se que hoy se van ha proyectar indicaciones precisas pero como quedan las formas productivas como adquirimos el salario mínimo de los trabajadores si hoy no tenemos ese dinero en la cuenta de ubpc debemos pedir un crédito al banco t pagarlo con que plazo por lo demás creo que muy positivo todo

    • Belkis Llanes Castro

      Me preocupa debo jubilarme en junio de 2021. Como se calculara el monto de mi pension.Acumulo 42 años de trabajo .Cumplo 60 años en mayo

  10. Yarelvis Alcántara Zamora

    Yo yarel vis Alcántara Zamora vivo con mi esposo mi hija de 2 años yo soy ama de casa y mi esposo es el único que trabaja su salario básico de 270 yo quisiera saber como nosotros vamos a tener resolver lo de la canasta básica porque me encuentro embarazada y no puedo trabajar Quisiera saber dónde tengo que dirigirme para que me expliquen con el nuevo cambio que debemos hacer

    • En el aumento anterior, mi esposo cobró vacaciones con el salario viejo(507.00) y le fue descontada por el salario nuevo 1500.00). Reclamó y se le explicó que así estaba estanlecido
      ¿Es eso cierto? ¿Cómo me pueden realizar un descuento mayor al que me pagaron, cuando las vacaciones disfrutadas estaban contempladas dentro de salario anterior?⁰(
      Podría recibir respuesta de ustedes?
      Temo pueda repetirse la situacion nuevamente con el nuevo salario. Por ello, por favor, nececito una respuesta.

      • Buenas noches ,quisiera saber porqué si yo disfruté mis vacaciones en diciembre y se me pagaron en base al salario anterior se me realiza el descuento ahora en enero en base al nuevo salario y además el descuento del préstamo de los 1000 pesos es decir con el aumento?? Es una inquietud de todos los trabajadores .

    • al edifificio mas alto donde vives para que estes mas serca de las nubes

    • Saúl Fernández amaro

      Quisiera saber si el pago a destajo tiene tope,en nuestra empresa se está topando a un 20%

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