Nueva ley tributaria incluye novedades para el trabajo por cuenta propia

La nueva ley tributaria, que comenzó a aplicarse en Cuba, incluye novedades para el trabajo por cuenta propia con vistas a flexibilizarlo, ampliarlo y crearle facilidades para su consolidación y desarrollo. Héctor Hernández, subdirector provincial de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), detalló que hasta ahora un trabajador por

: Para el 2013, en el impuesto sobre los ingresos personales los cuentapropistas tienen un mínimo exento de 10 000 pesos. La nueva ley tributaria, que comenzó a aplicarse en Cuba, incluye novedades para el trabajo por cuenta propia con vistas a flexibilizarlo, ampliarlo y crearle facilidades para su consolidación y desarrollo.

Héctor Hernández, subdirector provincial de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), detalló que hasta ahora un trabajador por cuenta propia que se inscribía hasta el día 15 de cualquier mes estaba obligado a pagar ese mes, sin embargo con la nueva legislación el que se inscriba en enero goza de una gratitud de tres meses, empezaría a pagar al cuarto mes porque se le da un tiempo para oportunidades de negocio.

Por otra parte, con la vieja ley, a los contribuyentes que incumplían una obligación tributaria se les ponían recargos y multas, sin embargo, a partir de ahora, para el primer incumplimiento se les alerta o notifica, como evidencia de una mayor condescendencia.

“La escala de ingresos personales es menos gravosa, el mínimo exento llega hasta 10 000 pesos; no se impone una sanción tributaria por el primer incumplimiento que tengan; se va a extender el TPCP a otras actividades. También se introducirán modelos de gestión económica a partir de enero, por ejemplo el arrendamiento de unidades de gastronomía de una a cinco personas. La provincia tiene la primicia de ese pilotaje. Se pueden arrendar para paladares o cafeterías”, confirmó el ejecutivo.

Por su parte, los arrendatarios de viviendas, transportistas y los nuevos modelos de gestión (servicios de peluquería, barbería, carpinteros, relojero y estos arrendamientos) también se ajustan al sistema diseñado para el TPCP.

En cuanto al pago por el uso de la fuerza de trabajo, que antes alcanzaba el 25 por ciento, a partir de la nueva ley disminuye de forma progresiva por años y esto es aplicable a las entidades, a los TPCP y a los campesinos.

“A partir del sexto trabajador se paga un 25 por ciento. Se disminuye al 20 por ciento durante el primer año, al 15 por ciento durante el segundo año y así sucesivamente hasta el cinco por ciento durante el quinto año. Después se mantiene de ese modo, el pago depende de los años que se lleve contratando a trabajadores”, precisó Héctor.

Mary Luz Borrego

Texto de Mary Luz Borrego
Máster en Ciencias de la Comunicación. Especializada en temas económicos. Ganadora de importantes premios en concursos nacionales de periodismo.

Comentario

  1. me pregunto, si yo tengo sistema de contabilidad simplificada ya que mis ingreso son mayor a 100000 y mis cuenta me dan todos los datos hasta el impuesto que debo ir pagando y todo esta escrito hasta los decreto . porque tengo que realizar declaración jurada
    lo dice claro ( declaración jurada) yo no tengo que jurar nada todo esta escrito. por favor necesito información

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