ONAT de Yaguajay por mayor control

La Resolución No.126 del Ministerio de Finanzas y Precios permite emitir una orden de cobro sin aceptación a las sucursales bancarias donde los contribuyentes poseen cuentas bancarias fiscales o personales

La reciente normativa se presenta en formato digital, así como en los términos y condiciones definidas por el sistema bancario.

Con la entrada en vigor de la Resolución 126 del Ministerio de Finanzas y Precios, la Oficina de Administración Tributaria (ONAT) de Yaguajay cuenta con la autoridad de emitir una orden de cobro sin aceptación a las sucursales bancarias donde los contribuyentes poseen cuentas bancarias fiscales o personales.

En declaraciones a Escambray Ronel Pérez Hernández, director de la ONAT en Yaguajay, explicó que la reciente normativa se presenta en formato digital, así como en los términos y condiciones del sistema bancario.

Asimismo, refirió que contiene varias informaciones: código de la división político-administrativa, número de identificación tributaria y de la cuenta bancaria estandarizada, así como el código del tributo e importe de la deuda.

Pérez Hernández acotó que dicho mecanismo se aplica a las deudas tributarias determinadas por la administración que no poseen convenios de pago y que han sido requeridas a los contribuyentes.

El importe adeudado, dijo, se debita a las cuentas bancarias fiscales o corrientes, según corresponda, y la orden de cobro sin aceptación se mantiene activa hasta tanto no se cobre la totalidad de la deuda con el presupuesto del Estado. 

“En el caso de que el importe total no pueda ser cobrado de una sola vez, se realiza de forma parcial hasta que se cobre, en correspondencia con los ingresos que se acrediten a las cuentas.

“Al referirse a hechos de subdeclaración y evasión fiscal, debidamente comprobados mediante acciones de control fiscal, y previo apercibimiento de la ONAT a las personas deudoras, el directivo señaló que la orden de cobro sin aceptación se extenderá, a solicitud de la Administración Tributaria, a las cuentas bancarias personales de los contribuyentes. Este pago se acredita a las cuentas del presupuesto del Estado”, puntualizó.

Ante la materialización de esta normativa legal, el director de la ONAT en Yaguajay insta a los contribuyentes a no mantener deudas en vías de apremio y a pagar en el término establecido, en aras de no llegar a este estado. 

De igual forma, precisó que esta resolución contribuye a una mayor gestión tributaria, de ahí que, por su carácter novedoso, la ONAT divulgue su esencia a través de su cuenta oficial en Facebook y del portal www.onat.gob.cu.

Greidy Mejía Cárdenas

Texto de Greidy Mejía Cárdenas

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