Representantes del Instituto de Información y Comunicación Social (ICS) informaron sobre la entrada en vigor este miércoles de la resolución número nueve de 2025 de este organismo sobre el Registro de Publicaciones Seriadas y Sitios Web.
Jorge Legañoa Alonso, vicepresidente del ICS, explicó que esta resolución tiene que ser vista como parte de la implementación de la Ley de Comunicación que ya cumplió su segundo aniversario.
Legañoa Alonso señaló que con esta resolución se reafirma que la herramienta legal establecida está viva y que todos los días se dan pasos de avance en su consolidación.
Ana Luisa Cabrera Toledo, directora del Publicaciones seriadas y Sitios Web del ICS, puntualizó que esta regulación presenta ocho capítulos, cinco disposiciones especiales y dos disposiciones finales.
Cabrera Toledo precisó que entre los puntos que aborda este acuerdo legislativo se encuentra lo referente al proceso de la organización y funcionamiento, los principios específicos, procedimiento, cobros y pagos, acceso a la información y reclamaciones.
Subrayó asimismo que este mecanismo es un requisito para la inscripción en el Registro Internacional ISSN, que otorga credibilidad a los contenidos.
La especialista enfatizó que a pesar de ser un procedimiento muy amplio que abarca hasta los sujetos que se encuentran de tránsito en el país, se implementará esta acción con aquellos que tengan residencia permanente o temporal.
Manifestó además que las entidades que prestan servicios de edición, reproducción, distribución o circulación en el ciberespacio mediante servicios de alojamiento y hospedaje sólo podrán ofrecer estos servicios a sitios web y publicaciones que estén registradas previamente.
Destacó que se estableció un plazo de 180 días naturales a partir de hoy para que cada uno de los titulares que no esten registrados lo hagan y para que todos aquellos que ya estaban registrados cuando pertenecían al Ministerio de Cultura revaliden su inscripción.
Berta Mojena Milian, directora de comunicación institucional del ICS, agregó que esta acción jurídica no surge ahora, sino que cuenta con antecedentes similares que han permitido el desarrollo de este sistema.
La práctica es para la aplicación de todos los organismos de la administración central del Estado, las entidades estatales, las formas de gestión no estatal, diferentes actores económicos y las personas naturales y jurídicas.
La importancia de esta norma incluida en la Gaceta Oficial número 54 radica en poder recibir el acceso en línea de los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones legalmente reconocidos.
Participaron en la conferencia otros directivos y especialistas del ICS.
Y la cuota de pan por dónde va?? Que hay economías domésticas que no dan.