Etecsa incluirá el monedero móvil entre sus prestaciones

Las salidas del dinero del monedero móvil solo podrán ser por compras realizadas en los comercios donde esté habilitada como medio de pago Transfermóvil, por traspasos de saldos entre monederos o por transferencias hacia cuentas bancarias

La medida se inserta como parte de la gestión de la plataforma Transfermóvil.
La medida se inserta como parte de la gestión de la plataforma Transfermóvil.
La medida se inserta como parte de la gestión de la plataforma Transfermóvil.

La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (Etecsa) incluirá entre sus prestaciones la habilitación de un monedero móvil como parte de la gestión de la plataforma Transfermóvil.

La decisión, autorizada por el Banco Central y respaldada en la Resolución 116/2021, publicada en una Gaceta Oficial Extraordinaria, concede a Etecsa una licencia para funcionar como entidad no financiera y prestar servicios financieros de apoyo a las instituciones de cobranza o de pago en Cuba.

Los ingresos de dinero al monedero podrán ser originados desde el saldo del teléfono y las tarjetas asociadas a cuentas bancarias.

La resolución establece que el saldo no puede exceder los 5 000 pesos y las transacciones pueden ser de más de 1 500, y no reconoce la captación de recursos de terceros mediante depósitos de efectivo.

Las salidas del dinero del monedero móvil solo podrán ser por compras realizadas en los comercios donde esté habilitada como medio de pago Transfermóvil, por traspasos de saldos entre monederos o por transferencias hacia cuentas bancarias. La Resolución 116/2021 aclara que no se permite la extracción de efectivo.

Para prestar estos servicios, Etecsa debe conciliar las operaciones efectuadas con tarjetas RED, así como desarrollar un adecuado sistema de administración de riesgo operativo, de contraparte y de lavado de activos, y habilitar adecuados sistemas de control interno y de atención al cliente.

Según la Resolución 116/2021, Etecsa no puede realizar operaciones en las que se comprometa con su patrimonio a adelantar financiamiento a cualquier contraparte, así como realizar operaciones reservadas exclusivamente a los bancos, salvo una autorización expresa del Banco Central.

(Con información de Granma)

Cubadebate

Texto de Cubadebate

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