Modifican pensiones de personas viudas

Un número no despreciable de las beneficiadas puede optar ahora por su propia pensión como jubilada, y no por la del difunto cónyuge

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Todas las pensiones por edad e invalidez total del régimen general se elevaron, y la cuantía mínima actual es de 1 528 pesos. (Foto: Oscar Alfonso/ Escambray)
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Todas las pensiones por edad e invalidez total del régimen general se elevaron, y la cuantía mínima actual es de 1 528 pesos. (Foto: Oscar Alfonso/ Escambray)

Cerca de 280 mujeres viudas del territorio espirituano acogidas a la seguridad social recibieron, de oficio, durante el mes de febrero las pensiones correspondientes a marzo con la enmienda que les permite cobrar según su condición de trabajadora jubilada, y no por la retribución de su fallecido esposo, como hicieron hasta el pasado diciembre.

Así lo informó a Escambray José Adriano Abreu Jiménez, director de la filial provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), quien apuntó que se trabaja en otro grupo de alrededor de 300 personas que han acudido a las filiales municipales para solicitar el trámite. “Se les paga retroactivamente, es decir que reciben también la diferencia de las cuantías correspondientes a enero y febrero” significó.

La modificación solo es válida para las beneficiarias de las pensiones de sus esposos que se acogieron a ellas antes del primero de enero del 2009. “Hay que remitirse al 2008, pues hasta el cierre de diciembre de ese año si la viuda era trabajadora podía optar por la pensión de mayor cuantía. En tal caso le corresponde el 70 por ciento de lo que recibía el esposo por concepto de seguridad social, y si ese ingreso era mayor se acogía a dicha pensión”, significó.

La modificación obedece a que a partir de la implementación de la Tarea Ordenamiento a algunas beneficiarias de la seguridad social les resulta más provechoso acogerse a sus propias pensiones como trabajadoras jubiladas, por tener valores superiores.

A partir del 31 de diciembre del 2008, detalló el Director de la Filial espirituana del INASS, para calcular la pensión de las viudas se emplea una fórmula diferente, que parte de la unificación de la pensión propia y del por ciento de la del esposo que le corresponde, en concordancia con lo establecido en la Ley No. 105 de Seguridad Social.

Recordó, asimismo, que todas las pensiones por edad e invalidez total del régimen general se elevaron, y que la cuantía mínima actual es de 1 528 pesos.

También destacó los numerosos incrementos que han tenido lugar, desde el año 2003 y antes de la Tarea Ordenamiento, las pensiones de los jubilados en aras de favorecer a las de menor cuantía. La más reciente, dijo, tuvo lugar en septiembre del 2019, cuando se incrementaron las menores de 500 pesos.

Delia Proenza

Texto de Delia Proenza
Máster en Ciencias de la comunicación. Especializada en temas sociales. Responsable de la sección Cartas de los lectores.

Comentario

  1. Una pregunta mi mamá cobra una pensión por viudez de mi padre , de 1070 pesos la pregunta es la siguiente por que no le oagan 1528 pesos como esta establecido gracias

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