Diputados espirituanos examinan Proyecto de Ley del Servicio Exterior

De forma virtual los diputados a la Asamblea Nacional debatirán en esta jornada otros tres proyectos legislativos

cuba, asamblea nacional del poder popular, parlamento cubano
Bruno Rodríguez Parrilla presentó las enmiendas, modificaciones y adiciones efectuadas al Anteproyecto de Ley del Servicio Exterior.
cuba, asamblea nacional del poder popular, parlamento cubano
Bruno Rodríguez Parrilla presentó las enmiendas, modificaciones y adiciones efectuadas al Anteproyecto de Ley del Servicio Exterior.

En cumplimiento del cronograma para el perfeccionamiento funcional, estructural y de composición del Ministerio de
Relaciones Exteriores, los diputados de todo el país analizan en esta jornada de forma virtual la Ley del Servicio Exterior que será presentada para su aprobación en la sesión ordinaria del 28 de octubre.

El Anteproyecto de Ley cuenta con tres por cuantos, tres títulos, nueve capítulos, 34 artículos, cuatro disposiciones especiales y cuatro finales y tiene entre sus objetivos jerarquizar y centralizar en un solo cuerpo legal, con rango de Ley de contenido estructural y organizacional, el funcionamiento del Estado en cuanto al servicio
y la acción exterior, congruente con los principios de la
Política Exterior y de la diplomacia revolucionaria establecidos en la Constitución de la República de Cuba y en el ordenamiento legal.

El diputado y también canciller cubano Bruno Rodríguez Parrilla presentó las enmiendas, modificaciones y adiciones efectuadas al documento tras el análisis por parte de los parlamentarios el pasado 20 de octubre.

Rodríguez Parrilla destacó que se efectuaron 37 propuestas sobre diferentes artículos y 20 modificaciones, a las que se agregan seis aclaraciones de dudas efectuadas en su intervención.

El cuerpo de la ley explica, entre otros detalles, que, de conformidad con la Constitución de la República, la Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba los lineamientos generales de la política exterior del Estado y del Gobierno.

Entretanto, corresponde al Presidente del país la dirección de la política exterior y las relaciones con otros Estados.

El artículo 3.1 propone que el Ministerio de Relaciones Exteriores sea el organismo de la administración central del Estado que tenga como misión proponer y, una vez aprobada, ejecutar la política exterior del Estado y del Gobierno y controlar su cumplimiento.

Carmen Rodríguez

Texto de Carmen Rodríguez
Reportera de Escambray por más de 30 años. Especializada en temas económicos.

Escambray se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, así como los que no guarden relación con el tema en cuestión.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *