Cambios que Cuba necesita
Para enfrentar la crisis multidimensional, consecuencia del bloqueo de Estados Unidos, el país implementa gradualmente 176 transformaciones económicas y sociales, considerado el proceso de su tipo de mayor hondura emprendido en la isla en el presente siglo
“¿Cómo dar continuidad a la construcción del socialismo en una pequeña nación del Caribe que emergió a la Revolución, tras cuatro siglos de colonialismo y 60 años de neocolonialismo y que emprendió una obra de justicia social sin precedentes en la región, bajo la presión sostenida de seis décadas de bloqueo económico, comercial y financiero, el más prolongado en la historia de la humanidad, acentuado por más de 240 medidas, la inclusión en una lista infame como supuesto patrocinador del terrorismo y seis meses bajo un cerco petrolero total?”.
Con el sentido de urgencia, impuesto por este momento histórico, el Pleno Extraordinario del Comité Central del PCC y la Asamblea Nacional del Poder Popular en su X Legislatura, también en sesión extraordinaria, aprobaron 176 transformaciones económicas y sociales, dirigidas a salvar la Revolución, como ha remarcado Díaz-Canel, y llegan en un momento que el propio Marrero calificó como «uno de los más complejos» desde el colapso del bloque soviético, agravado por un endurecimiento sin precedentes de las sanciones de Estados Unidos que ha afectado el suministro de combustibles y todas las fuentes de ingreso en divisas.
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Ejes temáticos de las transformaciones Económicas y Sociales
1: Transformaciones en el modelo de gestión de los actores económicos
El primer eje temático está dedicado a la empresa estatal socialista y plantea una profunda ampliación de sus facultades y autonomía de gestión.
La empresa estatal, hasta ahora fuertemente centralizada y dependiente del presupuesto estatal, se transforma en un actor autónomo que operará en igualdad de condiciones con el resto de los actores económicos.
Entre las medidas propuestas figuran la posibilidad de que las empresas realicen cualquier actividad lícita, una mayor descentralización en la formación de precios mayoristas y minoristas, así como una flexibilización en el uso y destino de las utilidades una vez cumplidas las obligaciones tributarias.
Entre los cambios de mayor alcance destaca la eliminación de la escala salarial en el sistema empresarial estatal. En su lugar, se establecería un salario mínimo que tenga en cuenta la inflación y que sería negociado entre las administraciones, los trabajadores y las organizaciones sindicales, en correspondencia con las capacidades financieras de cada entidad.
Gaceta Oficial No. 72 Ordinaria de 2026
Decreto Ley 120 de 2026 de Consejo de Estado Del Sistema Empresarial Estatal Cubano.
Resolución 170 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Procedimiento financiero y tributario para el Sistema Empresarial Estatal.
Resolución 1 de 2026 de Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales Procedimiento sobre movimientos organizativos y objeto social en el sistema empresarial Estatal.
Resolución 2 de 2026 de Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales Procedimiento para el sistema de relaciones financieras del sistema empresarial estatal con el Estado.
Resolución 3 de 2026 de Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales Establece el régimen de organización, integración y funcionamiento de las Juntas de Gobierno, para ejercer las funciones de representante del propietario.
Formas de gestión no estatal
Las propuestas relacionadas con las formas de gestión no estatal apuntan a una ampliación significativa de su participación en la economía nacional.
Gaceta Oficial No. 12 Edición Especial de 2026
La edición cumple con el mandato dispuesto en la Disposición Final Segunda del Decreto-Ley 133, de 19 de agosto de 2026, publicado en edición ordinaria 71, de 2 de septiembre de 2026, de actualizar, revisar y concordar los decretos leyes 88 “Sobre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”; 89 “De las Cooperativas No Agropecuarias”; y 90 “Sobre el ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia”, todos de 13 de julio de 2024, publicados en edición ordinaria No. 78, de 19 de agosto de 2024.
Gaceta Oficial No. 71 Ordinaria de 2026
Decreto Ley 133 de 2026 de Consejo de Estado Modificativo de los decretos-leyes 88 “Sobre las micro, pequeñas y medianas empresas”, 89 “De las cooperativas no agropecuarias y el 90 “Sobre el ejercicio del trabajo por cuenta propia”.
Resolución 98 de 2026 de Banco Central de Cuba Dispone que los aspirantes a socios fundadores de las MIPYMES y empresas privadas con más de cien trabajadores y cooperativas no agropecuarias realizan las aportaciones dinerarias para su constitución, en los bancos autorizados.
Resolución 30 de 2026 de Ministerio de Educación Procedimiento para la atención y control de las actividades de los actores económicos no estatales: cuidado de niños, clases de idioma, servicios de repaso, taquigrafía y mecanografía.
Resolución 2 de 2026 de Instituto Nacional de Actores Económicos No Estatales Procedimiento para la creación, fusión, escisión y extinción de las micro, pequeñas y medianas empresas y empresas privadas con más de cien (100) trabajadores y las cooperativas no agropecuarias.
Gaceta Oficial No. 62 Ordinaria de 2026
Decreto 160 de 2026 de Consejo de Ministros De las actividades no autorizadas o condicionadas para el ejercicio por las empresas privadas, micro, pequeñas y medianas empresas privadas, las cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia.
2: Transformaciones en las relaciones de propiedad. Diferencias entre propiedad y gestión
Por primera vez se permitiría la creación de mipymes en la agricultura, ámbito donde hasta ahora solo podían operar cooperativas.
Paralelamente, se proyecta desarrollar un mercado de insumos accesible a todos los actores económicos y crear una plataforma nacional de encadenamientos productivos que obligue a las empresas a publicar sus demandas de bienes y servicios, así como sus niveles de compra e incentivos para la producción nacional.
Gaceta Oficial No. 74 Ordinaria de 2026
Decreto Ley 130 de 2026 de Consejo de Estado Modificativo de la Ley 59 «Código Civil», de 16 de julio de 1987. Modifica los artículos 208, 215, 218 apartado 3 y 222 apartado 3 de la Ley 59 “Código Civil
- Artículo 208.1. El usufructo da derecho al disfrute de bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa.
- 2. El derecho real de usufructo puede concederse a título gratuito u oneroso.
- 3. Los derechos y obligaciones del usufructuario son los que determina el título constitutivo del usufructo.
- Artículo 215.1. El usufructo se concede a las personas jurídicas por un término de hasta noventa y nueve años, prorrogable por igual período de tiempo a solicitud del titular del derecho, formulada dentro del término de dos años antes de la fecha de su vencimiento.
- 2. Las tierras se conceden en usufructo a las personas jurídicas por tiempo indeterminado.
- 3. Cuando el derecho de usufructo se otorgue por un período inferior al establecido en el apartado 1 puede ser prorrogado hasta dicho término, en virtud de solicitud formulada por el titular, antes de su vencimiento.
- Artículo 218.3. Los propietarios de solares yermos pueden conceder derechos de superficie para edificar viviendas o efectuar otras construcciones
- Artículo 222.3. El Estado puede entregar también en derecho perpetuo de superficie terrenos de propiedad estatal mediante el pago del precio correspondiente.
3: Transformaciones en el sistema de planificación de la economía
Se ratifica la propiedad social sobre los medios fundamentales de producción y se avanzará en la gestión no estatal sobre estos medios.
4: Transformaciones en la Administración Central del Estado y entidades presupuestadas
5: Transformaciones en la autonomía municipal
Los municipios ganarán competencias en planificación estratégica, ordenamiento territorial, soberanía alimentaria y capacidad para exportar e importar directamente. Podrán aprobar proyectos de inversión extranjera sin tramitación central y crear fondos de desarrollo a partir de las utilidades empresariales.
| Área | Competencia |
| Planificación estratégica | Diseño y ejecución del desarrollo local |
| Ordenamiento territorial y urbano | Gestión del uso del suelo |
| Soberanía alimentaria | Fomento y control de la producción de alimentos |
| Servicios comunales | Higiene, recogida de desechos, mantenimiento |
| Comercio exterior | Exportar e importar directamente |
| Inversión extranjera | Aprobar proyectos sin tramitación central |
| Gestión presupuestaria | Tributos locales y finanzas municipales |
| Gestión ambiental | Enfrentamiento al cambio climático |
6: Transformaciones en el sector energético
Se autoriza la participación de capital privado y extranjero en la importación y comercialización de combustibles, incluida la red minorista de servicentros. Se aplicarán incentivos fiscales a quienes instalen sistemas fotovoltaicos en centros sociales.
Gaceta Oficial No. 66 Ordinaria de 2026
Resolución 180 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios: Exime del pago del Impuesto Aduanero a las personas naturales y jurídicas, por la importación que realicen de sistemas solares fotovoltaicos, sus partes y piezas fundamentales.
7: Transformaciones para incentivar la recuperación agrícola
Gaceta Oficial No. 75 Ordinaria de 2026
Ley 185 de 2026 de Asamblea Nacional del Poder Popular: Ley de Tierra Agropecuaria y Forestal
Decreto Ley 121 de 2026 de Consejo de Estado: Modificativo del Decreto-Ley 76 De las Cooperativas Agropecuarias, de 18 de septiembre de 2023.
Decreto Ley 123 de 2026 de Consejo de Estado: Modificativo del Decreto-Ley 387 “De la conservación, mejoramiento genético y uso sostenible de los recursos zoogenéticos, de 23 de septiembre de 2019.
Decreto Ley 124 de 2026 de Consejo de Estado: Modificativo del Decreto-Ley 388 “De recursos fitogenéticos para la alimentación, la agricultura y las semillas”, de 7 de octubre de 2019.
Decreto Ley 125 de 2026 de Consejo de Estado: Modificativo del Decreto-Ley 2 “De la mecanización, el riego, el drenaje agrícola y el abasto de agua a los animales”, de 13 de diciembre de 2019.
Decreto Ley 125 de 2026 de Consejo de Estado: Modificativo del Decreto-Ley 2 “De la mecanización, el riego, el drenaje agrícola y el abasto de agua a los animales”, de 13 de diciembre de 2019.
Decreto Ley 127 de 2026 de Consejo de Estado: De la Medicina Veterinaria.
Decreto 161 de 2026 de Consejo de Ministros: Modificativo del Decreto 143 “De la Comercialización de Productos Agropecuarios y Forestal”.
Decreto 166 de 2026 de Consejo de Ministros: Modificativo del Decreto 76 “Reglamento del Decreto-Ley 64 de la producción, desarrollo y uso de los biofertilizantes, bioestimulantes y bioplaguicidas de uso agrícola”.
Decreto 169 de 2026 de Consejo de Ministros: Modificativo del Decreto 10 “Reglamento del Decreto-Ley 388 de recursos fitogenéticos para la alimentación, la agricultura y las semillas”.
Decreto 170 de 2026 de Consejo de Ministros: Modificativo del Decreto 21 “Reglamento del Decreto-Ley de la mecanización, el riego, el drenaje agrícola y el abasto de agua a los animales”.
Decreto 171 de 2026 de Consejo de Ministros: Modificativo del Decreto 4 “Reglamento del Decreto-Ley 387, de la conservación, mejoramiento genético y uso sostenible de los recursos zoogenéticos”.
Decreto 172 de 2026 de Consejo de Ministros: Modificativo del Decreto 52 “Reglamento del Decreto-Ley 50 “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes”.
Decreto 175 de 2026 de Consejo de Ministros: Reglamento de la Ley 185 “De Tierra Agropecuaria y Forestal”.
Resolución 161 de 2026 de Ministerio de la Agricultura: Modificativa de la Resolución 16 “Reglamento para la comercialización de la producción agropecuaria y forestal”.
Resolución 162 de 2026 de Ministerio de la Agricultura: Aprueba el procedimiento para el sacrificio, comercialización y consumo de las carnes de ganado bovino y équidos por los productores agropecuarios.
Resolución 163 de 2026 de Ministerio de la Agricultura: Modificativa de la Resolución 15 “Procedimiento para la exportación de artículos reglamentados de interés para la sanidad vegetal” de 2 de febrero de 2026.
Resolución 164 de 2026 de Ministerio de la Agricultura: Modificativa de la Resolución 27 “Reglamento para la importación de plantas, partes de plantas, productos de origen vegetal y otros productos susceptibles de causar perjuicios al estado fitosanitario de las plantas en la República de Cuba”, de 26 de enero de 2024.
Resolución 165 de 2026 de Ministerio de la Agricultura: Reglamento del Decreto-Ley 127 “De la medicina veterinaria”.
Resolución 18 de 2026 de Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo: Aprueba el siguiente “Procedimiento para la construcción, reconstrucción, remodelación, división o ampliación de las bienhechurías en tierras estatales ociosas o deficientemente utilizadas entregadas en usufructo”.
Su importancia radica en el carácter protector de las personas en situación de vulnerabilidad y cuya puesta en marcha garantizaría un apoyo complementario para reducir su impacto.
Importante será una medida que ya venía realizándose y ahora amerita la actualización, que trata del registro de las personas y familias en situaciones de vulnerabilidad, como garantía de su atención, y de la trazabilidad y control gubernamental y público. Con ello se cumple un objetivo cuya data procede de la aprobación en 2012 de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y del Gobierno, que expresaba la sustitución de los subsidios a productos por los subsidios a personas.
Otra acción relevante será que, como parte de su responsabilidad social a nivel comunitario, todos los actores económicos, sean estatales o privados, nacionales o extranjeros, participen y contribuyan en el orden financiero con el aporte de recursos materiales y servicios, para el apoyo a los comedores del Sistema de Atención a la Familia y hogares de alimentación comunitaria, hogares de niños sin amparo parental y hogares de ancianos, maternos, casas de abuelos y otros centros sociales, y que destinen productos básicos a instituciones sociales; además, que formen módulos básicos mensuales de alimentos y otros productos para personas y familias en situación de vulnerabilidad .
Igualmente, que contribuyan a la higiene comunal y al saneamiento de zonas críticas y, no menos importante, creen condiciones para ofrecer empleo, capacitación o aprendizaje a personas de la comunidad.
El Gobierno a nivel local debe crear un paquete de beneficios fiscales a los que participen en dotar de los medios necesarios a los talleres donde laboran personas en situación de discapacidad con el objetivo de incrementar los ingresos de los trabajadores.
Como condición previa a las transformaciones, para el cumplimiento de todas las medidas de índole social el Gobierno creará un Fondo de Protección Social, a partir de una parte del ahorro por la eliminación de los subsidios a productos.
Gaceta Oficial No. 85 Extraordinaria de 2026
Acuerdo 10418 de 2026 de Consejo de Ministros: Establece la responsabilidad de los organismos de la Administración Central del Estado que intervienen en el Sistema de Atención a la Familia.
Resolución 14 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior: Regulaciones para el funcionamiento de los establecimientos gastronómicos del sistema de atención a la familia
9: Transformaciones del subsidio a productos al subsidio a personas
10: Transformaciones laborales y salariales
Se implementa un incremento salarial en el sector presupuestado que incluye los Gobiernos locales, los organismos de la Administración Central del Estado, los servicios sociales, en general.
El incremento del salarios mínimo es inmediata en el mes de julio y se cobrará en los ingresos del mes de agosto que beneficiará al 51% de los trabajadores del país.
De esta medida dimana la fijación anual del salario mínimo para todo el país y todos los sectores, y en correspondencia con ello, la revisión de la cuantía de las prestaciones, y pensiones de la seguridad social, así como los incrementos salariales, a partir de la tendencia de la inflación.
En el sector empresarial estatal se elimina la escala salarial y se establece que los niveles de salario serán negociados con los trabajadores y con la participación del Sindicato, y el monto del salario individual dependerá de la capacidad económica-financiera de las empresas y de la capacidad demostrada del trabajador por contar con las competencias para el cargo que desempeñe.
Se contempla establecer incentivos para retener la fuerza de trabajo calificada con énfasis en los jóvenes y en el caso de los que estén desvinculados del estudio y el empleo, en las edades entre 18 y 30 años y se vinculen a un curso de preparación, se les abonaría un ingreso mensual equivalente a un salario mínimo en calidad de ayuda para su devolución posterior, cubriéndose el financiamiento de dicho pago a cargo del presupuesto de la asistencia social o del propio sistema empresarial. El tiempo de preparación se considerará, a todos los fines, como tiempo de servicios prestados.
También formará parte de la modificación del Código de Trabajo la facultad de los empleadores, de común acuerdo con la organización sindical, para concertar jornadas laborales reducidas con el pago que corresponda, en actividades profesionales, y que forme parte dicho acuerdo del convenio colectivo de trabajo.
Con respecto al Sistema de pensiones de la seguridad social, se propone:
- La eliminación del límite de la escala establecida para el pago de la contribución social del sector no estatal.
- Que las personas que laboran en los sectores estatal y no estatal, de manera simultánea, puedan afiliarse y contribuir a los regímenes correspondientes de cada actividad.
- Que, de los 30 años mínimos de servicio exigidos por el régimen contributivo, se considere, hasta un máximo de 10, cuando la persona los ha dedicado a cuidados familiares. Se trata de un beneficio, sobre todo, con impacto real en la igualdad de género ya que las mujeres son las que, en realidad, dedican mucho más tiempo al trabajo no remunerado doméstico y de cuidados familiares.
El impacto de esta medida contribuye a visibilizar el aporte que ellas hacen a los ingresos económicos de la familia y por ende, constituyen la posibilidad de que mediante la corresponsabilidad familiar puedan conciliar su trabajo y la familia y seguir participando en actividades remuneradas mediante el teletrabajo y el trabajo a distancia cuando sea posible.
Gaceta Oficial No. 63 Ordinaria de 2026
Decreto 164 de 2026 de Consejo de Ministros De la organización del sistema salarial en el sector empresarial estatal.
Resolución 53 de 2026 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Descentraliza la facultad de aprobación de la escala salarial al Sistema Empresarial Estatal.
Resolución 54 de 2026 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Establece las adecuaciones para determinar de forma descentralizada la organización del sistema salarial de los trabajadores en las unidades presupuestadas con tratamiento especial que financien el total de sus gastos con sus ingresos y que por interés estatal o social del Estado no corresponda su transformación en empresa, así como en las organizaciones de gestión autónoma y autofinanciadas con personalidad jurídica y patrimonio propio que no clasifican como empresas ni unidades presupuestadas.
11: Transformaciones y modernización del sistema bancario y financiero
Se autoriza la creación de bancos privados y casas de cambio, y se establece un mercado digital de divisas en tiempo real con subastas. Esto rompe el monopolio estatal y permite a todos los actores acceder a divisas de forma descentralizada.
Beneficiarios: Inversionistas, Sector Privado, Empresas Estatales.
11.1 Transformaciones cambiarias
Gaceta Oficial No. 76 Ordinaria de 2026
Aprueba nuevas normas para la gestión, el control y la asignación de divisas, y modifica la operación de cuentas bancarias en moneda extranjera por parte de empresas estatales, negocios privados, ciudadanos y entidades extranjeras.
Las nuevas disposiciones permiten que determinadas operaciones internas puedan realizarse en divisas, especialmente entre empresas, negocios mayoristas y modalidades de inversión extranjera.
Aunque el comercio minorista continuará realizándose principalmente en pesos cubanos, la norma permite ventas en moneda extranjera cuando sean autorizadas por el Ministerio de Economía y Planificación por interés del país.
Además, los trabajadores profesionales que exporten servicios mediante entidades estatales podrán recibir ingresos en divisas según los contratos establecidos.
La Resolución 102/2026 del Banco Central deroga las normas anteriores sobre cuentas bancarias denominadas en divisas y entrará en vigor siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
Resolución 102 de 2026 de Banco Central de Cuba: Aprueba las normas para la operatoria de cuentas bancarias denominadas en divisas.
Resolución 103 de 2026 de Ministerio de Economía y Planificación: Aprueba las bases generales para el Sistema de Gestión, Control y Asignación de las divisas de la economía nacional.
Por su parte, la Resolución 103/2026 sustituye las bases generales aprobadas en 2025 y comienza a aplicarse desde su publicación oficial.
Artículos que impactan directamente en la empresa
Artículo 20. Los actores económicos no estatales aceptan pagos en divisas en efectivo, por decisión del cliente y depositan esos ingresos en las cuentas fiscales en divisas o en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en el segmento en que operan.
Artículo 21. Las modalidades de la inversión extranjera realizan sus cobros y pagos con exterior en divisas y a lo interno de la economía, en divisas y moned nacional, en la proporción que les permita respaldar sus necesidades en divisas, operando con flexibilidad en el entorno de la dolarización parcial.
12: Transformaciones del Sistema Tributario
13: Transformaciones en la política de precios
Resolución No. 150/2026. Del ministro del Ministerio de Finanzas y Precios– Exonerar del pago del Impuesto Aduanero a las importaciones de los productos que se establecen
La Resolución 150, deroga las resoluciones 225 y 310, ambas de 2024 y deja sin efectos la regulación de los precios minoristas máximos a aplicar en la comercialización de los productos pollo troceado, aceites comestibles (excepto de oliva), leche en polvo, pastas alimenticias, salchichas y detergente en polvo, lo cual da respuesta a las evaluaciones realizadas sobre los altos costos de adquisición para su importación, a partir del crecimiento de la tasa de cambio del dólar y la escasez de combustibles.
Gaceta Oficial No. 9 Edición Especial de 2026
Decreto 24 de 2020 de Consejo de Ministros Facultades para la aprobación de precios y tarifas
Gaceta Oficial No. 64 Ordinaria de 2026
Resolución 160 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Exonera del pago del Impuesto sobre las Ventas por la comercialización mayorista de mercancías importadas que se destinan a la comercialización minorista estatal.
Resolución 161 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Otorga una bonificación, consistente en la aplicación de un tipo impositivo del cinco por ciento (5 %), para el cálculo y pago del Impuesto sobre las Ventas, por la comercialización minorista de los productos que se relacionan en el Anexo Único, que forma parte integrante de la presente Resolución, a través de los establecimientos vinculados al proyecto “Mercado del Barrio”, certificados por la entidad a la cual se subordina.
Resolución 16 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior Normas para el funcionamiento del Mercado de Barrio.
14: Transformaciones en la Inversión Extranjera
Gaceta Oficial No. 11 Edición Especial de 2026
Ley 118 de 2014 de Asamblea Nacional del Poder Popular: Ley de la Inversión Extranjera.
Decreto 325 de 2014 de Consejo de Ministros Reglamento de la Ley de la Inversión Extranjera.
Gaceta Oficial No. 73 Ordinaria de 2026
Decreto Ley 128 de 2026 de Consejo de Estado Modificativo de la Ley 118 “Ley de la Inversión Extranjera”, de 29 de marzo de 2014.
Acuerdo 10443 de 2026 de Consejo de Ministros Establece las disposiciones necesarias para la selección y contratación del personal que haya sido cuadro, para laborar en las modalidades de la inversión extranjera, sucursales y oficinas de representación.
Resolución 100 de 2026 de Banco Central de Cuba Establece que las empresas mixtas y los inversionistas nacionales pueden abrir cuentas en el exterior, sin autorización previa del Banco Central de Cuba.
Resolución 126 de 2026 de Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera Procedimiento para la concesión de facultades y el otorgamiento, modificación y cancelación de nomenclaturas de mercancías de importación y exportación y para el otorgamiento de permisos eventuales.
Resolución 193 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Aplica Impuesto sobre Utilidades con un tipo impositivo del veinticinco por ciento (25 %),.a los proyectos turísticos relacionados con el ecoturismo y otras modalidades de turismo especializado.
Resolución 56 de 2026 de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Reglamento sobre el régimen laboral aplicable a las modalidades de la inversión extranjera.
15: Transformaciones en el comercio exterior
16: Alcance de la dolarización parcial de la economía
Se amplía el alcance de la dolarización parcial de la economía en las operaciones interempresariales y comerciales, acorde a la situación actual. Se modifica la actual concepción de los esquemas cerrados de autofinanciamiento en divisas hacia esquemas de aportes a partir de las transacciones en divisas.
Cambios que se proponen:
- Empresas: Operaciones en divisas en transacciones interempresariales y comerciales.
- Sector financiero: Transición de esquemas cerrados de autofinanciamiento a esquemas de aportes en divisas.
Desafíos: La dolarización parcial frente a la devaluación y su impacto inflacionario; gestionar la coexistencia de monedas sin afectar la estabilidad macroeconómica.
17: Transformaciones en el sector del turismo
Las transformaciones suponen la mayor apertura del sector turístico cubano desde los años 90, el objetivo es atraer inversión, diversificar la oferta y recuperar un sector vital para la economía cubana.
Las medidas incluyen venta de inmuebles, ampliación de plazos para inversores, apertura de agencias de viajes al capital extranjero, entrada de franquicias internacionales y la creación de un banco corporativo online
Cambios en el turismo
- Inversionistas extranjeros y cubanos en el exterior: Nuevas modalidades de negocios (arrendamientos, usufructo oneroso, concesiones, venta de inmuebles), acceso a Zonas de Desarrollo Económico con regímenes especiales.
- Sector turístico: Desarrollo inmobiliario en zonas turísticas; aplicación de todas las modalidades en cayos y zonas patrimoniales.
- Inversionistas nacionales: Participación en negocios turísticos con nuevas modalidades.
| Área | Medida clave |
|---|---|
| Modalidades de negocio | Arrendamientos, concesiones, venta de inmuebles |
| Derecho de superficie | Ampliación hasta 99 años |
| Zonas de desarrollo | Regímenes especiales de incentivos |
| La Habana Vieja | Inversión extranjera permitida |
| Marinas turísticas | Empresas mixtas y arrendamientos |
| Renta de autos | Abierta a inversión extranjera y privada |
| Agencias de viajes | 100% extranjeras y privadas |
| Gestores de destinos | Integración de actores locales |
| Impuesto turístico | Nuevo tributo para sostenibilidad |
| Franquicias | Marcas cubanas en el exterior |
Desafíos: Atracción de inversión turística competitiva; desarrollo inmobiliario sostenible en zonas turísticas; proteger el patrimonio cultural en zonas patrimoniales.
Gaceta Oficial No. 73 Ordinaria de 2026
Resolución 69 de 2026 de Ministerio de Turismo Reglamento para la actividad de transporte turístico.
Resolución 70 de 2026 de Ministerio de Turismo Reglamento para el ejercicio de la actividad de guías de turismo.
Resolución 68 de 2026 de Ministerio de Turismo Reglamento de las agencias de viajes de la República de Cuba.
18: Transformaciones en el transporte
El sector del transporte en Cuba ha sido uno de los más afectados por la crisis, con una flota envejecida, falta de repuestos y restricciones a la importación de vehículos. Las reformas anunciadas buscan dinamizar el sector desde la oferta privada y la movilidad eléctrica.
Elimina restricciones a la adquisición de vehículos por personas jurídicas y naturales, así como los plazos establecidos, estimulando la movilidad eléctrica fotovoltaica, incentivos fiscales para vehículos eléctricos, importación directa para personas naturales, sin necesidad de intermediarios y se permite la importación directa con carácter comercial para ensamblaje y comercialización de vehículos eléctricos (ciclomotores, motocicletas, triciclos, autos) por personas jurídicas estatales y no estatales autorizadas, también con exención de impuestos si incluye estación de carga renovable.
Gaceta Oficial No. 65 Ordinaria de 2026
Decreto Ley 122 de 2026 de Consejo de Estado Modificativo de la Ley 109 «Código de Seguridad Vial», de 1ro de agosto de 2010.
Decreto 163 de 2026 de Consejo de Ministros De la transmisión de la propiedad de vehículos de motor, remolques y semirremolques, su comercialización e importación.
Resolución 104 de 2026 de Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera Autorizar la importación de vehículos de motor, remolques, semirremolques, motores, bloques de cilindros, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos, para su comercialización mediante compraventa o arrendamiento, según corresponda, a las personas jurídicas cubanas.
Resolución 17 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior Aprueba la comercialización de vehículos de motor, remolques, semirremolques, motores, bloques de cilindros de motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos, en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles, que incluye las tarjetas internacionales y tarjetas de prepagos nacionales, por las personas jurídicas autorizadas.
Resolución 171 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Establece como valor referencial mínimo, a los efectos tributarios, para la liquidación y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre Transmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actos de compraventa, donación y permuta de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
Resolución 172 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Aplica un Impuesto Especial a Productos y Servicios a las entidades comercializadoras autorizadas, por la venta en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles, de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
Resolución 173 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Procedimiento para la formación de precios de ventas en pesos cubanos de vehículos de motor, remolques y semirremolques de uso y de sus partes, piezas y accesorios de uso o recuperados.
Resolución 174 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Autoriza, excepcionalmente, la importación sin carácter comercial por encima del valor establecido, según corresponda, de triciclos de combustión, híbridos y eléctricos; ciclomotores y motocicletas de combustión interna de hasta 250 cc, con o sin sidecar; remolques ligeros de hasta 750 kg; y sidecar de una plaza para motocicletas.
Resolución 175 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Establece las tarifas máximas en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otra moneda convertible para el cobro de los servicios técnico-productivos que presta la Aduana General de la República a las personas naturales, como equipaje no acompañado y envíos, que realizan la importación de autos de combustión, híbridos y eléctricos, así como de ciclomotores o motocicletas de combustión.
Resolución 52 de 2026 de Ministerio del Transporte Regulaciones complementarias sobre la comercialización, importación, fabricación o ensamblaje y desarme de los vehículos de motor, remolques y semirremolques.
Resolución 312 de 2026 de Aduana General de la República Modificar de la Resolución 175, de 23 de julio de 2022, del Jefe de la Aduana General de la República, el Anexo II, en lo referente al Capítulo 8 – Vehículos automotores, sus partes, piezas y accesorios.
Cambios por sector:
- Personas naturales: Importación de autos 100% eléctricos sin impuestos (con estación de carga renovable).
- Personas jurídicas (estatales y no estatales): Importación comercial de vehículos eléctricos para ensamblaje y comercialización, con exención de impuestos (con estación de carga renovable).
- Sector automotriz: Estímulo a la movilidad eléctrica fotovoltaica; eliminación de restricciones de adquisición de vehículos.
Desafíos
- Transición efectiva a movilidad eléctrica
- Desarrollo de infraestructura de carga con fuentes renovables
- Acceso a vehículos eléctricos para la población
19: Transformaciones en el comercio, la gastronomía y los servicios
Gaceta Oficial No. 69 Ordinaria de 2026
Decreto Ley 129 de 2026 de Consejo de Estado: Derogatorio del Decreto-Ley 155 “Sobre el decomiso de las mercancías por violación de las disposiciones establecidas en el registro central comercial”, de 28 de septiembre de 1994.
Decreto 167 de 2026 de Consejo de Ministros Del Comercio Interior.
Decreto 168 de 2026 de Consejo de Ministros Del Registro Central Comercial.
Resolución 195 de 2026 de Ministerio de Finanzas y Precios Aprueba las tarifas máximas en divisas para el cobro de los servicios de trámites de la licencia comercial, que presta la Unidad Presupuestada con Tratamiento Especial “Registro Central Comercial”.
Resolución 15 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior Deroga la Resolución 56, de 15 de octubre de 2024 y la Resolución 18, de 6 de mayo de 2025.
Resolución 23 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior Clasificador de establecimientos comerciales.
Resolución 24 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior Establece los requisitos técnicos para las actividades comerciales que correspondan y el procedimiento para su comprobación.
Resolución 25 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior Aprueba las tarifas máximas en pesos cubanos (CUP) para los servicios que brinda el Registro Central Comercial, a las personas naturales y jurídicas, cubanas o extranjeras, sucursales y otras que se autoricen a comercializar en pesos cubanos.
Gaceta Oficial No. 84 Extraordinaria de 2026
Resolución 13 de 2026 de Ministerio del Comercio Interior: Aprueba Normas para el funcionamiento del MERCADO de ABASTO.CU
20: Transformaciones en la política de seguros
Lo que cambia
| Área | Medida clave | Impacto |
|---|---|---|
| Rentabilidad del sector | Reconocimiento de la rentabilidad financiera | Las aseguradoras pueden gestionar activamente sus recursos |
| Seguro de vida | Complementario a la pensión estatal | Mayor protección para las familias y el retiro |
| Pólizas en divisas | Dinamización de su comercialización | Cobertura en moneda extranjera para viajes y operaciones |
| Responsabilidad civil | Seguro obligatorio para conductores | Protección a víctimas de accidentes |
Se reconoce la rentabilidad de los recursos financieros que se movilizan en la actividad de seguros. El sector asegurador cubano, tradicionalmente dominado por el Estado, se abre a nuevas modalidades y productos que buscan complementar la protección social garantizada por el Estado y ofrecer coberturas adaptadas a las necesidades de una economía en transformación.
Una de las medidas de mayor impacto social es la creación del seguro de vida con carácter complementario a las protecciones económicas de la seguridad social, esto ofrece a los ciudadanos la posibilidad de:
- Proteger a su familia en caso de fallecimiento.
- Complementar su pensión de jubilación con un ingreso adicional.
- Ahorrar para su retiro a través de un instrumento financiero regulado.
Se dinamiza la comercialización de pólizas de seguro en divisa en protección de riesgos sobre transporte, viajes, etc. Esta medida responde a la realidad de una economía con dolarización parcial, donde muchos ciudadanos y empresas realizan transacciones en moneda extranjera. Las pólizas en divisas permiten:
- Cubrir riesgos en operaciones realizadas en moneda extranjera.
- Proteger viajeros que se desplazan al exterior.
- Asegurar bienes adquiridos en divisas.
Establecimiento del seguro obligatorio de responsabilidad civil , paso hacia la modernización del sistema de seguros cubano, alineándolo con los estándares internacionales. Esta medida, común en la mayoría de los países, busca:
- Proteger a las víctimas de accidentes de tráfico, garantizando que reciban una indemnización.
- Cubrir los daños a terceros causados por conductores.
- Reducir la conflictividad judicial, al establecer un mecanismo automático de compensación.
El principal desafío de las transformaciones en el sector asegurador es garantizar una regulación y supervisión adecuadas.
El gobierno deberá establecer marcos regulatorios claros para:
- Proteger a los asegurados, garantizando que las aseguradoras cumplan con sus obligaciones.
- Evitar la insolvencia de las aseguradoras, estableciendo requisitos de capital y reservas.
- Garantizar la transparencia en la comercialización de pólizas.
- Prevenir el fraude y las prácticas abusivas.
El Banco Central de Cuba y la Oficina Nacional de Administración Tributaria tendrán un papel clave en la supervisión del sector.
21: Transformaciones en el ámbito digital, inteligencia artificial y economía del conocimiento
Las propuestas incluyen la creación de un un nodo tecnológico nacional de software/hardware/Inteligencia Artificial, como base para la modernización digital del país. Se incorporará la inteligencia artificial en la administración pública y en los procesos de compras y licitaciones
Establece el marco nacional de interoperabilidad obligatorio, de gobernanza de datos y de IA. Esto implica:
- Interoperabilidad obligatoria: los sistemas de información del Estado deberán ser capaces de comunicarse entre sí, compartiendo datos y evitando duplicidades.
- Gobernanza de datos: se establecerán normas claras sobre cómo se recopilan, almacenan, procesan y utilizan los datos en el sector público.
- Base nacional para la inteligencia artificial: se creará una infraestructura de datos que permita el entrenamiento y despliegue de modelos de IA.
Utiliza la IA en la administración pública con supervisión humana y equidad territorial. Aplica un sistema de remuneración competitivo para impulsar la exportación de servicios profesionales en tecnologías digitales e IA.
Cambios
- Sector privado: Comercialización de servicios de nube (sin infraestructuras críticas), fabricación de equipos de telecomunicaciones, centros de contacto, desarrollo de software.
- Inversión extranjera: Participación en centros de datos de ETECSA.
- Administración pública: Uso de IA con supervisión humana y equidad territorial.
- Profesionales digitales: Remuneración competitiva para exportación de servicios en tecnologías digitales e IA.
- Sector tecnológico: Creación de nodo tecnológico nacional; marco de gobernanza de datos e IA.
Desafíos
- Desarrollo de infraestructura digital robusta
- Gobernanza efectiva de datos e IA; retención de talento digital; ciberseguridad.
22: Transformaciones en el sistema estadístico nacional

Se reconocerá el dato como el «quinto factor de producción» junto a la tierra, el trabajo, el capital y la capacidad empresarial. Ello implica que se considere el dato como recurso económico no renovable y con capacidad de generar riqueza.
Se propone un sistema estadístico que se ajuste a las transformaciones económicas y sociales. Culmina el cambio del año base de las Cuentas Nacionales. Retoma la construcción de los índices de precio al productor, los de comercio exterior, y mantiene el Índice de Precios al Consumidor unido a los productos derivados de los precios observados.
Cambios que implica
- Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI): Nuevo sistema estadístico ajustado a las transformaciones; actualización del año base de Cuentas Nacionales; construcción de índices de precios al productor y comercio exterior.
- Actores económicos y gobierno: Acceso a datos estadísticos más precisos y actualizados para la toma de decisiones.
- Nuevas variables: incorporar variables que reflejen la actividad de los actores no estatales.
- Nuevas metodologías: métodos de recopilación de datos adaptados a una economía con múltiples actores.
- Mayor frecuencia: información actualizada con mayor frecuencia para reflejar una economía más dinámica.
Desafíos:
- Actualización oportuna y confiable del sistema estadístico
- Garantizar la transparencia de los datos
- Adaptar los indicadores a la nueva realidad económica
- Reconocimiento de la economía digital y los datos como activo económico que debe ser gestionado, protegido y explotado
- Establecer las bases para la regulación de la economía digital y la protección de datos
- Abrir la puerta a inversiones en infraestructura digital y capacidades analíticas
23: Transformaciones en los mecanismos de control e inspección
Cambios por sector:
- Órganos de control: Transformaciones en mecanismos de control e inspección; fortalecimiento de estructuras de control.
- Gobierno: Grupo de trabajo transversal para analizar y proponer cambios en el sistema de control.
Desafíos:
- Efectividad del control estatal
- Prevención de ilegalidades y corrupción
- Equilibrar el control con la autonomía de los actores económicos.
Desafíos Generales de las Transformaciones
- La dolarización parcial frente a la devaluación y su impacto inflacionario.
- La eliminación de subsidios sin una protección social efectiva y su relación con los precios.
- Las empresas que no soporten la devaluación serán liquidadas.
- La capacidad municipal para asumir la descentralización de competencias sin la capacidad de los municipios para asumirla.
- La liberación de precios agrícolas sin garantía de una producción suficiente o incrementada.
La implementación implica:
- Impactar más de 148 disposiciones del ordenamiento jurídico cubano
- Derogar 15 normas
- Modificar
- Totalmente 22
- Parcialmente 79
- Elaborar 32 nuevas normas de rango superior
- 10 leyes
- 14 decretos-leyes
- 8 decretos
Escambray Periódico de Sancti Spíritus